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La finalización de su contrato de arrendamiento

 

Si usted alquila una propiedad, usted tiene un contrato de arrendamiento. Este puede ser un acuerdo oral (hablado) o escrito. Los acuerdos de arrendamiento son contratos. Si bien usted es libre de mudarse en cualquier momento, usted puede ser responsable de pagar el alquiler por el resto del plazo que se indique en el contrato, incluso si usted se va antes de que el contrato termine. Sin embargo, la ley reconoce ciertas circunstancias en las que se puede terminar un contrato de arrendamiento antes de tiempo.

Mi contrato de arrendamiento está a punto de vencer. ¿Tengo que mudarme? Si me mudo, ¿tengo que dar un aviso?

El propietario no puede desalojarlo solo porque el plazo de su contrato haya terminado. Solo puede desalojarlo basándose en una de las razones para el desalojo en Nueva Jersey. El final de un contrato no es una de esas razones.

Lea su contrato de arrendamiento. Este puede incluir cláusulas que expliquen qué aviso se debe proporcionar para terminar el contrato. Algunos contratos de arrendamiento exigen que se dé un aviso antes del final del plazo del arrendamiento. Si el plazo de su contrato expira, y en el mismo no se menciona nada acerca de una renovación, usted se convierte en un inquilino de mes a mes. Todos los términos del contrato continúan vigentes en un acuerdo de mes a mes. En este caso, usted debe dar un aviso con un mes calendario de anticipación si quiere terminar su contrato de arrendamiento y mudarse.

¿Qué pasa si nunca tuve un contrato de arrendamiento por escrito? ¿Qué aviso debo dar?

Para terminar un contrato de mes a mes, o cualquier contrato de alquiler que no tenga un plazo de alquiler específico, debe notificar por escrito al propietario con un mes de antelación. Entonces podrá mudarse al final del mes.

Por ejemplo, si el pago del alquiler vence el primero de cada mes, y desea mudarse antes del 30 de junio, debe notificar al propietario, preferiblemente por escrito, antes del 1 de junio diciéndole que está terminando su contrato de arrendamiento con efecto el 30 de junio. Debe tener todas sus pertenencias fuera de la unidad alquilada y entregar las llaves en o antes del 30 de junio.

Razones legales para terminar un contrato de arrendamiento antes de tiempo

La ley reconoce varias razones por las que un contrato de arrendamiento se puede terminar de forma anticipada, tales como:

  • El inquilino o un miembro de su familia es víctima de violencia doméstica;
  • El inquilino o su cónyuge fallece;
  • El inquilino o su cónyuge sufre una enfermedad o accidente incapacitante;
  • Un inquilino de la tercera edad necesita ir a una residencia geriátrica o a una institución de vivienda asistida;
  • Un inquilino de la tercera edad ha sido aceptado en un programa de vivienda subvencionada u otra vivienda para personas con ingresos bajos o moderados;
  • Un inquilino discapacitado o un miembro del hogar necesita funcionalidades de accesibilidad que no se han proporcionado;
  • Las condiciones de la vivienda son tan malas que al inquilino no le queda otra opción que mudarse;
  • El propietario no proporciona el aviso indicando que la vivienda está en una zona inundable;
  • La unidad resulta dañada o destruida por un incendio;
  • Un inquilino en el servicio militar, cubierto por la Ley de Auxilio Civil al Personal Militar, recibe órdenes para un cambio permanente de base (PCS) o despliegue;

Algunas de las razones anteriores tienen requisitos de notificación que deben cumplirse. Revise los criterios que se explican a continuación para terminar un contrato de arrendamiento por cada uno de estos motivos. En algunos casos, si usted es un inquilino de mes a mes, o está cerca del final de su contrato de arrendamiento, puede ser más fácil dar aviso como se describió anteriormente.

Ejemplo: T es un inquilino de mes a mes cuyo alquiler se debe pagar el primer día del mes. T tiene 65 años de edad. El 28 de marzo, T recibió el aviso de que le han aprobado la solicitud para una vivienda para personas con bajos ingresos, y que la unidad estará disponible el 25 de abril. Sería más fácil para T entregar inmediatamente un aviso al propietario actual de la vivienda indicando que dará por terminado su contrato de arrendamiento con efecto el 30 de abril, en lugar de seguir los requisitos explicados más adelante en «Un inquilino de la tercera edad que ha sido aceptado en un programa de vivienda subvencionada u otra vivienda para personas con ingresos bajos o moderados». Según el estatuto explicado en esa sección, el contrato de arrendamiento no termina hasta 40 días después de que el propietario recibe la notificación (en este ejemplo sería el 7 de mayo, como más pronto).

Varias razones legales bajo la ley de Nueva Jersey para terminar de forma anticipada un contrato de arrendamiento exigen que el alquiler se pague hasta la fecha de terminación. Un inquilino puede resolver este problema si tiene el derecho legal de aplicar su depósito de garantía al pago del alquiler. Para obtener más información sobre este tema, lea Depósito de garantía: Qué es y qué tiene que hacer el propietario con este mientras usted vive en la propiedad.

Finalización de un contrato de arrendamiento debido a violencia doméstica

Las protecciones para la vivienda de la Ley para terminar con la violencia contra la mujer (Violence Against Women Act, VAWA) se aplican en el caso de sobrevivientes de violencia doméstica, violencia en el noviazgo, agresión sexual y acoso. Según la VAWA, la violencia doméstica incluye un patrón de cualquier otro comportamiento coercitivo cometido, facilitado o solicitado para obtener o mantener el poder y el control sobre una víctima, incluyendo el abuso verbal, psicológico, económico o tecnológico que puede o no constituir un comportamiento delictivo. La VAWA cubre los siguientes programas federales de vivienda:

  • Vivienda pública, incluidas las unidades de propiedad privada de financiación mixta, que provienen de vivienda pública, como las que participaron en el programa de Demostración de asistencia de alquiler (Rental Assistance Demonstration, RAD);
  • Vales para la elección de vivienda de la Sección 8, incluidos los vales especiales, como el HUD-VASH, Programa de apoyo de vivienda para veteranos (programa conjunto entre el Departamento de vivienda y desarrollo urbano (HUD) y el Departamento de Asuntos de los Veteranos, VA);
  • Sección 8 - Rehabilitación moderada de Habitación Individual;
  • Sección 8, basada en proyectos habitacionales;
  • Sección 202 viviendas para personas de la tercera edad, incluyendo los programas de préstamos directos de la Sección 202;
  • Sección 811 vivienda para personas con discapacidades;
  • Sección 236 hogares multifamiliares de alquiler;
  • Sección 221(d)(3) Viviendas con una tasa de interés por debajo de mercado (BMIR);
  • Programa HOME de Asociaciones para inversión en vivienda (HOME)
  • Oportunidades de vivienda para personas con SIDA (HOPWA)
  • Programas de asistencia para personas sin hogar bajo la Ley McKinney-Vento, incluyendo los programas de Continuum of Care (CoC) y Subvenciones de Soluciones de Emergencia (ESG)
  • Programa del Fondo Fiduciario para la Vivienda, (HTF);
  • Sección 515 Alquiler de vivienda rural;
  • Sección 514 and 516 Viviendas para trabajadores agrícolas;
  • Sección 533 Subvenciones para la preservación de la vivienda;
  • Sección 538 hogares multifamiliares de alquiler;
  • Programa de vales para el desarrollo rural (RD)
  • Crédito Fiscal para Viviendas de bajos ingresos (LIHTC)
  • Asistencia de Vivienda de Transición para Veteranos sin Hogar
  • Programas de subvenciones para veteranos sin hogar con necesidades especiales
  • Servicios de Apoyo para Familias de Veteranos
  • Vivienda de Apoyo de Asuntos de Veteranos (VASH)

Si usted ha sido víctima de violencia doméstica y vive en una unidad financiada por uno de estos programas, puede tener opciones, como una transferencia por caso de emergencia o la retención del subsidio. El tipo de ayuda depende del tipo de programa. Este puede ser el caso incluso si usted no es un inquilino nombrado en el contrato o no es el cabeza de familia. Usted debe buscar asistencia legal.

Si su vivienda no está cubierta por la VAWA, la Ley de Vivienda Segura en Nueva Jersey permite a las víctimas de violencia doméstica y a sus hijos, que son inquilinos, terminar de forma anticipada su contrato de arrendamiento. El objetivo de esta ley es ayudar a que las víctimas encuentren una vivienda segura y a largo plazo. Según esta ley, el inquilino tiene que notificar por escrito al propietario. El contrato de arrendamiento vencerá 30 días después de que el propietario reciba dicha notificación. El inquilino deberá pagar el alquiler hasta ese día. El aviso debe decirle al propietario que el inquilino o un hijo del inquilino enfrenta una amenaza inminente de sufrir un daño físico grave por parte de una persona en concreto si el inquilino permanece en la propiedad arrendada.

Junto con el aviso escrito, la víctima/inquilino debe proporcionar cualquiera de los siguientes documentos:

  • Una copia certificada de una orden final (no temporal) de restricción emitida bajo la Ley de Prevención de la Violencia Doméstica de Nueva Jersey, que protege a la víctima/inquilino del agresor que se menciona en la notificación. La copia «certificada» tiene un sello especial. Puede obtenerla poniéndose en contacto con el tribunal.
  • Una copia certificada de una orden final de restricción emitida en otra jurisdicción, (estado o país) bajo la ley de violencia doméstica de dicha jurisdicción, que proteja a la víctima/inquilino de la misma persona que se menciona en la notificación escrita. La copia «certificada» tiene un sello especial. Puede obtenerla poniéndose en contacto con el tribunal.
  • Un informe de una agencia del orden público (como, por ejemplo, un informe policial) que documente el acto de violencia doméstica o certifique (confirme) que la víctima/inquilino o su hijo menor de edad es víctima de violencia doméstica por parte de la misma persona abusiva que se menciona en la notificación.
  • Documentación médica emitida por un proveedor de atención médica que describa la violencia doméstica.
  • Una certificación (confirmación) de un especialista certificado en casos de violencia doméstica o del director de una agencia de servicios para víctimas de violencia doméstica, que indique que el inquilino o el menor es víctima de violencia doméstica a manos de la misma persona que se menciona en la notificación escrita.
  • Otro documento o certificación (confirmación) emitido por un trabajador social autorizado, que indique que el inquilino o el menor es víctima de violencia doméstica por parte de la misma persona que se menciona en la notificación escrita.

Los documentos que el inquilino/victima envíe al propietario junto con la notificación escrita son de mucha importancia. Las cartas de los proveedores médicos o de salud mental deben incluir sus credenciales y calificaciones, así como la base de su opinión. Por ejemplo, reuniones o conversaciones que ellos han tenido con usted, y cualquier evidencia de violencia que hayan observado.

Se recomienda que el inquilino esté en contacto con la agencia de atención a víctimas de violencia doméstica en su condado. Una lista de estas agencias está disponible en el sitio web de la Coalición de Nueva Jersey para Acabar con la Violencia Doméstica.

Si hay otros inquilinos en el contrato de alquiler, dicho contrato también se terminará para ellos. Sin embargo, a estos inquilinos no se les debe sacar de la vivienda, a menos que el propietario tenga un motivo justificado conforme a las leyes de inquilinato vigentes. Los otros inquilinos y el propietario pueden hacer un nuevo contrato de arrendamiento.

Si usted termina el contrato de arrendamiento y se va, la Ley para una Vivienda Segura de Nueva Jersey indica que el propietario debe devolverle el depósito de seguridad en un plazo de 15 días después de que usted se mude. Esta ley le permite al propietario quedarse con parte del depósito si usted causó daños en el apartamento o si debe alquiler. El propietario tiene que enviarle una notificación a su último domicilio conocido en un plazo de 3 días después de que usted se vaya, indicándole dónde debe ir para que le devuelvan el depósito. Si el propietario se queda con parte del depósito, la notificación también tiene que indicarle el porqué. Si usted no está de acuerdo con las razones que le da para haberse quedado con el depósito, usted puede presentar una demanda en el tribunal para demandas de menor cuantía por el doble de la cantidad que no le devolvió, más los honorarios de su abogado.

Para tener éxito conforme a esta ley, usted tendrá que revelar información muy personal referente a su situación. La Ley de Nueva Jersey para una vivienda segura exige que el propietario y/o funcionarios municipales mantengan la información confidencial. No pueden revelar ninguna información sobre la violencia doméstica ni poner dicha información en una base de datos compartida, como la que estaría disponible para las agencias que generan informes para la selección de inquilinos. La ley sí permite que el propietario en el futuro utilice esta información, con su consentimiento, en un procedimiento judicial sobre el inquilinato.

La muerte del inquilino o de su cónyuge

La ley estipula que cualquier contrato de arrendamiento por un año o más puede darse por terminado antes de su vencimiento si el inquilino o su cónyuge mueren. El propietario debe recibir una notificación por escrito de la terminación del contrato, bien sea por parte del ejecutor o administrador de la herencia del inquilino, o del cónyuge sobreviviente, si el nombre de ambos está en el contrato. Dicha terminación será válida 40 días después de que el propietario reciba el aviso por escrito, siempre y cuando (1) el alquiler hasta ese momento haya sido pagado en su totalidad; (2) la vivienda se desocupe al menos cinco días laborables antes de que se cumplan los 40 días; y (3) el contrato no prohíba que se termine antes de la fecha de vencimiento en caso de muerte del inquilino.

Enfermedad o accidente incapacitante del inquilino o de su cónyuge

Cualquier contrato por un año o más puede rescindirse antes de que expire, si el inquilino o su cónyuge quedan incapacitados a causa de una enfermedad o accidente. En tal caso, el inquilino o su cónyuge debe notificar por escrito al propietario incluyendo lo siguiente: (1) una certificación del médico encargado del tratamiento diciendo que el inquilino o su cónyuge no pueden continuar trabajando; (2) pruebas de la pérdida de ingresos; y (3) la prueba de que cualquier pensión, seguro, u otra ayuda a la que el arrendatario o su cónyuge tienen derecho, no son suficientes para pagar el alquiler, aún si se le suma cualquier otro ingreso. La cancelación del contrato entra en vigor 40 días después de que el propietario reciba la notificación por escrito. El alquiler debe ser pagado hasta la fecha de terminación. La propiedad además debe ser desocupada y la posesión devuelta al propietario por lo menos cinco días antes de que se cumplan los 40 días.

Inquilinos de la tercera edad que necesitan ir a una residencia geriátrica o a una institución de vivienda asistida

La ley les permite a los inquilinos de la tercera edad, 62 años o más, terminar su contrato de arrendamiento si se tienen que mudar a una residencia geriátrica, a una institución de vivienda asistida o a una comunidad de cuidados continuos para jubilados. Para terminar el contrato bajo estas circunstancias, el inquilino debe notificar por adelantado y de forma escrita al propietario. La notificación debe incluir: (1) una declaración del médico del inquilino diciendo que este necesita los servicios proporcionados por dichos centros, y (2) una declaración donde conste que el inquilino ha sido aceptado en dicho centro. La cancelación del contrato entra en vigor 40 días después de que el propietario reciba la notificación por escrito. El alquiler debe ser pagado hasta la fecha de terminación. La propiedad además debe ser desocupada y la posesión devuelta al propietario por lo menos cinco días antes de que se cumplan los 40 días.

Inquilinos de la tercera edad que han sido aceptados en programas de viviendas subvencionadas u otras viviendas para personas con ingresos bajos o moderados

Los inquilinos que tengan 62 años o más y que no vivan actualmente en viviendas subsidiadas o para personas de ingresos bajos o moderados, pueden terminar anticipadamente sus contratos de alquiler si han sido aceptados para vivir en ese tipo de viviendas. Para terminar el contrato en estas circunstancias, el inquilino debe notificar por adelantado y de forma escrita al propietario. Deberá incluir “documentación que demuestre la existencia de un contrato de arrendamiento o la intención de firmar uno” suministrada por el propietario de la nueva vivienda, como una copia de un contrato de arrendamiento, o una carta que indique que hay una unidad disponible para el inquilino. La cancelación del contrato entra en vigor 40 días después de que el propietario reciba la notificación por escrito. El alquiler debe ser pagado hasta la fecha de terminación. La propiedad además debe ser desocupada y la posesión devuelta al propietario por lo menos cinco días antes de que se cumplan los 40 días.

Vivienda que carece de funcionalidades de accesibilidad

La ley les permite a los arrendatarios discapacitados terminar el contrato de arrendamiento si el propietario, después de haber sido notificado, no ha podido adaptar la vivienda para que sea accesible al inquilino o a un miembro de su familia con discapacidad. Para romper su contrato bajo estas circunstancias, usted debe notificar por escrito al propietario con antelación, y el aviso debe contener: (1) una declaración de su médico que indique que usted u otro miembro de su hogar tiene una discapacidad a largo plazo o permanente; y (2) una declaración que indique que usted le pidió al propietario que hiciera la casa o apartamento accesible a expensas del propietario y que el propietario no pudo o no quiso hacerlo. La cancelación del contrato entra en vigor 40 días después de que el propietario reciba el aviso por escrito. El alquiler debe ser pagado hasta la fecha de terminación. La propiedad además debe ser desocupada y la posesión devuelta al propietario por lo menos cinco días antes de que se cumplan los 40 días.

Desalojo constructivo

Un “desalojo constructivo” o de hecho se produce cuando un acto u omisión del propietario o de cualquier persona que actúe bajo su autoridad hace que la vivienda sea sustancialmente inadecuada para el propósito para el cual está arrendada, o interfiere gravemente con el derecho del inquilino al disfrute beneficioso de la propiedad. A menudo esto se refiere a las condiciones físicas de la unidad, lo cual constituye una violación del deber implícito de habitabilidad. Este puede referirse a una violación grave del pacto para el disfrute tranquilo, que garantiza a los inquilinos el derecho a utilizar y disfrutar tranquilamente la propiedad arrendada sin interferencias ni perturbaciones indebidas de parte del propietario o de cualquier otra persona. Sin embargo, eso es más difícil de probar.

Las condiciones deben ser graves. El propietario debe haber sido informado razonablemente del problema, preferiblemente por escrito, y no haber tomado medidas razonables para corregirlo. Estos casos son muy sensibles a los hechos. Si el propietario lo demanda por el alquiler adeudado, o si usted lo demanda por la devolución de su depósito, el resultado dependerá de los hechos específicos de su caso y de lo que usted pueda probar en el tribunal.

Es importante tener pruebas de las condiciones, y de que el propietario era consciente de la existencia del problema. Póngase en contacto con la oficina municipal para inspecciones de la vivienda para que un inspector inspeccione su vivienda. Tome fotos. Tenga testigos. Guarde copias de cualquier comunicación que tenga con el propietario. Usted tiene otras opciones como se explica en el capítulo “Su derecho a una vivienda segura y digna”, en “Los Derechos de los arrendatarios en Nueva Jersey”. Si usted termina su contrato de arrendamiento, debe escribir una carta que indique:

  • Una descripción breve del problema;
  • Que usted avisó al propietario previamente del problema;
  • Que el propietario no ha tomado medidas razonables para corregir el problema;
  • Que como resultado del incumplimiento sustancial del contrato por parte del propietario (ya sea la garantía de habitabilidad o el pacto de disfrute tranquilo, según sea el caso) usted no tiene otra opción que mudarse;
  • Usted considera su contrato de arrendamiento como terminado a partir de la fecha _______ (una fecha en la cual usted ya pueda haber sacado todas sus pertenencias de la vivienda).

Si el propietario no le devuelve su depósito, es posible que tenga que demandarlo ante el tribunal. En su demanda, tendrá que probar la gravedad de las condiciones que provocaron que usted diera por terminado su contrato de arrendamiento anticipadamente.

No proporcionar un aviso indicando una zona inundable

La ley que exige que algunos propietarios le notifiquen que una propiedad está en zona en riesgo de inundación, tiene requisitos estrictos en cuanto a la notificación. El incumplimiento de esos requisitos puede ser una razón para que usted termine anticipadamente su contrato de arrendamiento. Para obtener más información, lea el artículo Requisitos de aviso respecto a zonas de inundaciones.

Destrucción por fuego

En general, según la ley de Nueva Jersey, si el edificio es destruido por un incendio, y no es culpa del inquilino, el contrato de arrendamiento termina. El alquiler debe pagarse hasta el momento de la destrucción. Si hay daños por fuego, pero el edificio o la unidad no queda destruida, y el inquilino no tiene la culpa, el propietario deberá hacer las reparaciones lo antes posible. Usted no tiene que pagar el alquiler de los meses en los que no se hicieron las reparaciones. Los inquilinos también deben revisar sus contratos de arrendamiento y buscar asistencia legal.

Ley de Auxilio Civil para miembros de las fuerzas armadas (Servicemembers Civil Relief Act, SCRA)

La SCRA se aplica a:

  • Miembros en servicio activo del Ejército, Cuerpo de Marines, Armada, Fuerza Aérea y Guardia Costera.
  • Miembros del componente de la Reserva cuando presten servicio activo.
  • Miembros del componente de la Guardia Nacional que se movilizan bajo órdenes federales durante más de 30 días consecutivos.
  • Oficiales en servicio activo del Servicio de Salud Pública o de la Administración Nacional Oceánica y Atmosférica.

La SCRA otorga a los miembros de las fuerzas armadas el derecho de rescindir un contrato de arrendamiento residencial de una vivienda ocupada o destinada a ser ocupada por un miembro de las fuerzas armadas o sus dependientes. Si usted firmó un contrato de arrendamiento de una vivienda antes de ingresar al servicio activo, o si ya está en servicio activo y recibe órdenes de cambio permanente de base (PCS) o de despliegue por un período de al menos 90 días, usted debería poder terminar su contrato de arrendamiento sin que se le imponga ninguna penalización.

Para terminar su contrato de arrendamiento de una vivienda, usted o alguien que actúe en su nombre mediante un poder notarial, debe enviar una notificación escrita de terminación al propietario, junto con una copia de sus órdenes o carta del oficial al mando. La notificación debe enviarse por entrega en persona, transportista privado, correo postal regular con acuse de recibo solicitado, o por medios electrónicos (correo electrónico o portal de comunicaciones designado por el propietario o la administración).

Si su contrato exige que se hagan pagos mensuales por el alquiler, la terminación de dicho contrato es efectiva 30 días después de la primera fecha en la que vence el próximo pago del alquiler y pagadero después de la fecha en que se entrega el aviso de terminación.

La Ley también cubre a los dependientes del miembro de las fuerzas armadas, lo cual incluye a un cónyuge, hijos según la definición de la ley, y una persona a quien el militar proporcionó más de la mitad de la manutención durante los 180 días previos a la solicitud de asistencia en virtud de esta ley. Si tiene alguna pregunta sobre la SCRA, como a quién se considera dependiente cubierto por la Ley, puede comunicarse con la oficina del Programa de Asistencia Legal de las Fuerzas Armadas más cercana.

¿Qué pasa si ninguna de estas razones aplica? ¿Me pueden demandar por romper el contrato de arrendamiento?

Si usted se muda antes de que se cumpla el plazo del contrato por alguna razón que la ley no contempla, el propietario puede hacerle responsable por el alquiler debido hasta que el apartamento o casa sea alquilada otra vez, o hasta el final del contrato. Valdría la pena preguntar si el propietario acepta cambiar la fecha de terminación del contrato a una fecha anterior. Si está de acuerdo, obtenga el acuerdo por escrito, indicando que el “contrato de arrendamiento terminará”, y la fecha específica en la que lo hará (una fecha en la que usted pueda haber retirado ya todas sus pertenencias). Asegúrese de poder tenerlo todo fuera de la vivienda para esa fecha.

El propietario debe hacer esfuerzos razonables para volver a alquilar la unidad. Si usted dio aviso anticipado de que se mudaría, el propietario puede tratar de mostrar la unidad a posibles inquilinos antes de que usted se haya mudado por completo. Si bien esto puede ser inconveniente, podría ayudarle si un nuevo inquilino se muda antes de que termine su contrato de arrendamiento.

Si el propietario lo demanda por dinero adeudado, la Corte Suprema de Nueva Jersey en Sommer v. Kridel, 74 N.J. 446 (1977), declaró que un juez puede considerar si el propietario publicitó la propiedad en un periódico local, la ofreció o mostró a posibles inquilinos. Un inquilino que es demandado puede contrarrestar dicha evidencia demostrando que sugirió posibles inquilinos calificados, que fueron rechazados. Estos son solo algunos ejemplos y cada caso será juzgado según sus propios hechos.

Ejemplo: Tom se mudó el 15 de julio porque consiguió un nuevo trabajo en otro estado. El contrato de arrendamiento de Tom termina el 31 de octubre. El propietario de la vivienda anuncia inmediatamente la propiedad en varios sitios de Internet, y pone un cartel en la ventana. El propietario asegura un nuevo inquilino, pero esa persona no puede mudarse hasta el 1 de septiembre. El propietario está cobrando el mismo alquiler. Aunque el contrato de Tom termina el 31 de octubre, el propietario no puede responsabilizarlo por el alquiler de septiembre y octubre porque el nuevo inquilino ya está pagando el alquiler por ese período de tiempo. Suponiendo que el propietario no haya rechazado indebidamente a inquilinos para el mes de julio y agosto, Tom podría ser responsable del pago del alquiler para esos meses. El propietario puede deducir esa cantidad del depósito de seguridad de Tom y podría demandarlo por las cantidades no cubiertas por el depósito.

Si el propietario incurre en gastos razonables al tratar de volver a alquilar el apartamento, como, por ejemplo, costos de limpieza o honorarios de agentes inmobiliarios, estos costos pueden ser deducidos de su depósito o cobrados a usted. Si el propietario no hace esfuerzos razonables para volver a alquilar el apartamento, es posible que no pueda reclamar la cantidad total de renta adeudada por el resto del contrato.

Consejos para cuando se muda de la propiedad

  • Asegúrese de que usted puede sacar todas sus pertenencias de la unidad antes de la fecha de la terminación del contrato.
  • Si va a tirar cualquier artículo grande, averigüe con antelación el horario para la recogida de dichos artículos en su municipio.
  • Tome fotos de toda la propiedad para tener pruebas de las condiciones en las que la dejó, esto incluye el interior de los electrodomésticos como el refrigerador y el horno.
  • Pida una inspección y obtenga una copia de cualquier informe que la administración pueda proporcionar.
  • Tenga pruebas de la fecha en que la que sacó todas sus pertenencias. Esto puede incluir un recibo por la devolución de la llave, un testigo o un informe de la inspección del lugar.
  • Proporcione una dirección al propietario para la devolución de su depósito de seguridad. Asegúrese de hacer que su correspondencia le sea enviada a la nueva dirección. Si usted es un sobreviviente de violencia doméstica, acoso o violencia sexual, usted podría obtener una dirección alternativa a través del Programa para Mantener la Dirección Confidencial. Para obtener más información, visite la página del Programa para Mantener la Dirección Confidencial o llame al 1-877-218-9133.

¿Qué pasa si usted termina su contrato de arrendamiento, pero no se muda?

El propietario no puede desalojarlo simplemente porque no se mudó cuando dijo que lo haría. En Nueva Jersey, ese no es uno de los motivos para el desalojo. Si no puede mudarse antes de la fecha de terminación de su contrato, podría haber consecuencias negativas. Para tratar de minimizarlas, notifique inmediatamente al propietario por escrito que está cancelando el aviso previo de terminación del contrato. Si todavía quiere terminar su contrato, pero necesita posponer la fecha, póngalo por escrito e indique la nueva fecha.