Si se atrasó en el pago del alquiler debido a un revés temporal o si su alquiler ya no es asequible, es importante buscar recursos que le puedan ayudar. Aquí tiene algunos:
¿Qué pasa si tengo una próxima fecha de audiencia mientras mi solicitud de asistencia con el alquiler aún está pendiente?
En una orden del 14 de julio de 2023, www.njcourts.gov/sites/default/files/notices/2023/07/n230720b.pdf, el Tribunal Supremo de Nueva Jersey establece que si usted proporciona documentación de una solicitud pendiente de asistencia para el alquiler, el juez puede aplazar la fecha del juicio por un período de 60 días o hasta que la solicitud se resuelva. Por lo tanto, puede mencionar la orden y pedir un aplazamiento si tiene la documentación.
¿Qué pasa si se me aprueba después de la fecha de comparecencia?
Usted todavía tiene algo de tiempo para pagar el alquiler y hacer que un caso de desalojo por falta de pago del alquiler sea desestimado. El inquilino puede pagar el saldo adeudado:
El propietario no puede agregar un recargo por pago atrasado al monto adeudado que figura en la solicitud de la orden de desalojo. Después de que el inquilino paga el total que debe, el propietario debe proporcionarle recibos y notificar al tribunal dentro de los dos días hábiles posteriores para que el caso pueda ser desestimado. Si eso no sucede, entonces usted puede presentar una moción para desestimar el caso. A pesar de que usted pagó el alquiler y no se le bloqueó el acceso a la vivienda, el caso de desalojo todavía podría aparecer por un período de 7 años, porque se dictó un fallo en el caso. Para obtener más información sobre cuándo un caso de desalojo es confidencial, visite ¿Cuándo es confidencial un asunto de desalojo?.
¿Tiene el propietario que cooperar con la asistencia para el pago del alquiler?
La ley en Nueva Jersey exige que los propietarios cooperen con los programas de asistencia con el alquiler. La falta de cooperación del propietario es la defensa del inquilino ante una acción de desalojo pendiente. Si no hay un desalojo pendiente, la falta de cooperación del propietario también es motivo para demandarlo. El inquilino debe buscar asistencia legal inmediata para evitar perder la asistencia con el alquiler.
Según la Ley de veracidad en los alquileres, los propietarios deben cooperar con “cualquier programa federal, estatal o local u organización benéfica de buena fe que se haya comprometido a pagar el alquiler atrasado y adeudado”. Esto incluye, pero no se limita a, los Vales con elección de vivienda de la Sección 8 (Section 8 Housing Choice Vouchers), el Programa Estatal de Asistencia para el Alquiler (State Rental Assistance Program, SRAP), la Asistencia Temporal para el Alquiler (Temporary Rental Assistance, TRA) brindada por una agencia de bienestar, el Programa del COVID de asistencia para el alquiler en caso de emergencia (COVID Emergency Rental Assistance Program, CVRAP), el Programa para la prevención de la pérdida del hogar (Homelessness Prevention Program), y varios recursos de agencias locales. La Ley de Nueva Jersey Contra la Discriminación (New Jersey Law Against Discrimination, NJLAD) es más amplia. Según esa ley, los propietarios no pueden rechazar “ninguna fuente legal de alquiler”.
Ni la NJLAD ni la Ley de veracidad en los alquileres se aplican a situaciones en las que el propietario vive en las instalaciones y hay una unidad de un solo inquilino. Sin embargo, puede haber otros argumentos legales para hacer que los propietarios cumplan con los requisitos del programa de alquiler, y usted debe buscar asistencia legal. En Nueva Jersey, la jurisprudencia apoya el deber del propietario de “mitigar los daños”. Eso significa que el propietario tiene que tomar medidas razonables para evitar la pérdida de ingresos por alquiler, lo que puede incluir la cooperación con la asistencia para el alquiler. Además, en cada contrato, como un contrato de arrendamiento escrito u oral, hay un “pacto implícito de buena fe y trato justo”. Las personas involucradas en cualquier contrato deben tratarse de manera honesta, justa y de buena fe, y no interponerse en la capacidad de la otra parte para hacer lo que se pactó. Cuando un inquilino pacta pagar el alquiler a cambio de vivir en un apartamento, el propietario no puede hacer nada para interferir con la capacidad del inquilino para pagar el alquiler. El propietario estaría violando el acuerdo implícito de actuar de manera justa y de buena fe si este se negaba a cooperar con un programa de asistencia para el pago del alquiler.
¿Qué pasa si el propietario no cumple?
Los consejeros o mediadores de asistencia en asuntos de vivienda también pueden estar disponibles para asegurarse de que el propietario coopere en proporcionar información y aceptar la asistencia para el pago del alquiler.
Obtenga copias de cualquier correspondencia que la agencia le envíe, y si es posible, de cualquier correspondencia enviada al propietario.
Busque asistencia legal inmediata para que el propietario cumpla y evitar perder la asistencia para el pago del alquiler. Si el propietario se niega a aceptar la asistencia para el pago del alquiler, también puede presentar una queja ante la División de Derechos Civiles, utilizando el portal en línea NJBIAS (bias.njcivilrights.gov/en-ES) o llamando al 1-866-405-3050.
Dónde buscar para solicitar vivienda asequible
Muchos de estos lugares pueden tener largas listas de espera. Si usted está siendo desalojado, utilizar los tres recursos que indicamos a continuación no sería una solución inmediata”. Sin embargo, es una buena idea apuntarse en una lista de espera.
Esta información se actualizó el: May 3, 2024