Utilice esta calculadora para ver si se le permite recibir los beneficios por desempleo y calcular la cantidad que podría recibir. Esta es sólo una herramienta de evaluación, y su uso no garantiza la obtención de dichas prestaciones. Para poder recibir las prestaciones por desempleo, usted tiene que haber ganado al menos 11.000 dólares en el año de base o trabajado por lo menos 20 semanas ganando por lo menos 220 dólares/semana en su año base. Si realizó trabajos agrícolas, usted tiene que haber trabajado al menos 770 horas en el año base.
Hay tres tipos de "años base" que la oficina del desempleo utiliza para determinar la elegibilidad para recibir los beneficios. Estos se conocen como año base "regular", año base "alternativo #1" y "alternativo #2". Su elegibilidad para recibir beneficios se determina al evaluar sus ganancias durante cada año base, en el orden indicado anteriormente (primero "el año base regular" y luego "el año base alternativo #1", después "el alternativo #2"). Usted no podrá elegir cuál se utilice. Para obtener más información sobre el año base visite el cálculo de las prestaciones (publicado por el Departamento estatal de Trabajo y Desarrolló de la Fuerza Laboral) (en inglés).
Si esta calculadora le dice que en virtud de cualquiera de los tres años base no reúne los requisitos, usted podría proceder y solicitar dichos beneficios. Si el Departamento de Trabajo de Nueva Jersey también considera que no es elegible y usted no está de acuerdo, podría presentar un recurso de apelación (toda apelación tiene que presentarse dentro de los 10 días de la fecha de envío del aviso de "determinación" o dentro de los siete días de haberse recibido dicha notificación). Usted también puede apelar si sus ganancias para el año base no están correctamente reflejadas en la determinación tomada por la oficina del desempleo, incluso si se le considera apto para recibir los beneficios.
Para encontrar asistencia adicional, por favor llame a la oficina local de los Servicios Legales o a la línea directa LSNJLAWSM, marcando el 1-888-LSNJ-LAW (1-888-576-5529). También puede solicitar ayuda por medio de la Internet.
Esta información se actualizó el: Sep 11, 2012