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Las familias inmigrantes y los beneficios públicos

 

Muchas personas en familias inmigrantes reúnen los requisitos para participar en programas gubernamentales que ayudan con la atención médica, la comida o el alquiler. A las familias les preocupa que la solicitud de beneficios pueda afectar su condición migratoria. Las regulaciones de las autoridades de migración han cambiado, por lo que recibir beneficios de la mayoría de programas para los que uno tiene derecho no afectará a su solicitud de migración.

¿Qué significa ser una carga pública?

Algunas personas que solicitan una tarjeta verde (green card - la condición de residente permanente legal) o una visa para ingresar a los Estados Unidos, deben pasar una prueba de “carga pública”. El Departamento de Seguridad Nacional (Department of Homeland Security, DHS) considera si es probable que un solicitante se convierta en el futuro en una carga pública (depende principalmente del gobierno para obtener sustento). Si el DHS determina que es probable que una persona se convierta en una carga pública en el futuro, puede denegar el permiso para ingresar a los Estados Unidos o denegar una solicitud para una tarjeta verde.

¿A quién se considera carga pública?

Las consideraciones respecto a la carga pública afectan principalmente a la inmigración basada en la familia (como un cónyuge que hace la solicitud para el otro cónyuge) que solicitan tarjetas verdes o la entrada a los Estados Unidos. La mayoría de las otras categorías de inmigrantes están exentas de las determinaciones de carga pública.
Por ejemplo, las siguientes categorías de inmigrantes no deben pasar la prueba de la carga pública.

  • Asilados
  • Refugiados
  • Solicitantes y portadores de visas U o T (trata de personas o víctimas de delitos)
  • Auto peticionarios bajo la VAWA (Ley de Violencia contra la Mujer)
  • Personas que buscan o se les otorga el status especial para jóvenes inmigrantes (Special Immigrant Juvenile Status, SIJS)

No hay prueba de carga pública cuando un inmigrante solicita lo siguiente:

  • Ciudadanía estadounidense
  • Renovación de la tarjeta verde
  • Solicitudes iniciales y renovaciones de Asilo, DACA (Acción Diferida para los Llegados en la Infancia), TPS (Estatus de Protección Temporal), o DED (Salida Forzosa Diferida)

Muchas más categorías también están exentas, por lo que es importante buscar asesoramiento legal para determinar si la carga pública se aplicará a su caso, si no encaja en una de las categorías anteriores.

¿Cuáles son los beneficios que se consideran?

Los únicos beneficios considerados son: 1) asistencia en efectivo de WorkFirst New Jersey TANF/GA y Ingreso de Seguridad Suplementario (SSI), y 2) atención institucional a largo plazo a cargo del gobierno.

Solo se consideran los beneficios recibidos por la persona que solicita el estatus de residente permanente legal. El DHS no considera los beneficios utilizados por otros miembros de la familia o del hogar.

Los siguientes beneficios no se consideran en una prueba de carga pública. Solicitarlos no afectará la condición migratoria.

Cuidado médico

  • NJ FamilyCare (Medicaid, Programa de seguro médico para niños), Medicaid de emergencia, programas de atención médica estatales y locales (para servicios que no sean atención a largo plazo)
  • Otras coberturas médicas, incluyendo subsidios para seguros comprados a través de GetCoveredNJ, y otros intercambios de atención médica

Asistencia alimentaria

  • SNAP (cupones para alimentos)
  • El programa para las mujeres, infantes y menores, WIC
  • Los programas escolares de comida
  • Bancos de alimentos, despensas de alimentos, etc.

La vivienda

  • Programas de vivienda subvencionada, como la Sección 8 y viviendas públicas
  • Ayuda con el alquiler por COVID-19
  • Refugios

Créditos fiscales y pagos para el estímulo económico

Pruebas, prevención y tratamiento relacionados con el COVID-19

Otros programas de asistencia (no en efectivo)

Beneficios en efectivo basados en el trabajo o las ganancias

  • Seguro Social 
  • Jubilación
  • Pensiones
  • Prestaciones para el veterano

Incluso si se considera la carga pública, el DHS tendrá en cuenta todas las circunstancias

Si la prueba de carga pública se aplica al caso de un individuo, los funcionarios del DHS, al revisar su solicitud, examinarán todas sus circunstancias, incluida su declaración jurada de apoyo. Una declaración jurada de apoyo es un contrato que un patrocinador, por lo general un miembro de la familia, firma para aceptar la responsabilidad financiera de una persona que se está mudando de forma permanente a los Estados Unidos.  Incluso si alguien ha recibido beneficios que se consideran, los funcionarios de inmigración examinarán toda su situación para decidir si es probable que esa persona se convierta en una carga pública en el futuro. Haber recibido beneficios públicos en el pasado es solo un elemento de la prueba de inadmisibilidad de la carga pública y puede ser suprimido por factores positivos. La prueba de la carga pública también considera:

  • Los ingresos
  • El empleo
  • La educación
  • La salud
  • La situación familiar
  • Declaración jurada de apoyo (los ingresos del patrocinador deben ser de al menos el 125% de los niveles federales de pobreza. Vea el Formulario I-864P del HHS, Pautas de Pobreza para la Declaración Jurada de Apoyo)

¡Obtenga información y haga preguntas!

Para la mayoría de los hogares con miembros inmigrantes, el uso de beneficios públicos por parte de un miembro no afectará la condición migratoria de otros miembros de la familia o su capacidad para ajustar la condición migratoria.

Si está preocupado acerca de los efectos que la regla de la carga pública pueda tener sobre su condición migratoria o sobre posibles solicitudes presentadas al servicio de migración, consulte con un abogado antes de solicitar el estatus migratorio o antes de dejar de recibir ayuda de cualquier programa de asistencia pública. Para obtener asesoramiento legal, puede comunicarse con LSNJLAWSM, la línea directa gratuita de asistencia jurídica para todo el estado, en www.lsnjlawhotline.org o llamando al 1-888-LSNJ-LAW (1-888-576-5529).