El servicio recaudador de impuestos, IRS, tiene dos formas poderosas para cobrar los impuestos que se le deben: el gravamen y el embargo ejecutivo. Aunque estos a menudo son mencionados juntos, un gravamen es diferente a un embargo. Un gravamen por impuestos federales es un aviso para que se sepa que el recaudador tiene derechos a su propiedad, (una garantía prendaria), pero no da lugar a que el recaudador secuestre sus bienes. Un embargo ejecutivo describe la toma real de los bienes. El tener dominio de los bienes no significa necesariamente que se saque algo de su casa (aunque esto puede ocurrir, rara vez sucede). Más comúnmente, el término se refiere a la interceptación de dinero proveniente de su salario o las prestaciones antes de que este le llegue a usted. Este artículo explica la diferencia entre un embargo y un gravamen y la forma en que el Servicio de Impuestos Internos (IRS) los utiliza.
Un gravamen por impuestos federales, Tax Lien
Si usted le debe mucho dinero al recaudador de impuestos, este impondrá un gravamen en su contra. Normalmente el gravamen se registra en el condado donde el contribuyente vive o tiene alguna propiedad raíz. El gravamen no nombra ni identifica un bien específico. Se adjunta a cualquier propiedad ubicada en el condado donde el gravamen está archivado. El gravamen se impone a los bienes inmuebles (por ejemplo, una casa o una parcela) y bienes muebles o personales (por ejemplo, una joya) que usted puede tener en el momento en que se dicta el gravamen, y se le puede adjuntar a cualquier propiedad que adquiera o compre después de que el gravamen haya sido dictado. A la mayoría de la gente le inquietan los gravámenes fiscales, ya que estos pueden convertirse en un problema al momento de vender o refinanciar el inmueble. Un gravamen igualmente afectará el puntaje de su historial crediticio. En algunos casos, el gravamen podría afectar su capacidad para conseguir un trabajo. He aquí un ejemplo de cómo funciona un gravamen:
Sandra tiene una casa valorada en 200.000 dólares. Ella tiene una hipoteca pero todavía debe 175.000 dólares. Sandra también debe 20.000 dólares en impuestos federales. El IRS ha dictado un gravamen en contra de ella. Antes de que se dictara el gravamen, Sandra tenía 25.000 dólares en valor líquido en su casa (200.000 valor de la casa - 175.000 hipoteca = 25.000 valor líquido). Pero ahora debido al gravamen, 20.000 dólares del valor líquido que Sandra tiene en su vivienda le pertenecen al servicio recaudador de impuestos. El recaudador puede agregar multas e intereses a esta cantidad. Si Sandra quiere vender o refinanciar su vivienda, el recaudador, en el momento del cierre de venta, obtendrá el importe del gravamen más los intereses y las multas que se hayan acumulado y los costos del proceso para liberar el gravamen.
Antes de 2011, si una persona debía más de 5.000 dólares, el IRS dictaba automáticamente un gravamen. En 2011, sin embargo, como parte de su programa "nuevo comienzo", el IRS aumentó el monto del gravamen. Ahora el IRS suele presentar un gravamen sólo si la deuda excede los 10.000 dólares. El reciente cambio en la cantidad límite no liberará un gravamen anterior registrado por un monto menor a los 10.000 dólares.
Si el recaudador dicta un gravamen en su contra usted recibirá una notificación. Si no está de acuerdo con la decisión, tiene 30 días para apelar por medio de una acción para el debido proceso de cobro (CDP). En una apelación de acuerdo al debido proceso CDP, puede explicar por qué cree que dicho gravamen no es adecuado. Esto incluye presentar defensas, como ser el cónyuge inocente u otra defensa.
Un gravamen se libera cuando la suma adeudada se paga o es ajustada (por ejemplo, usted gana la apelación y el recaudador de impuestos está de acuerdo en que usted no debe el dinero). El gravamen caduca automáticamente cuando se vence la ley de prescripción para una acción legal. La ley de prescripción para una acción legal generalmente sucede 10 años después de la fecha de la imposición (la fecha en que se determina la cantidad que debe en impuestos). También, en ciertas circunstancias, le podría solicitar al recaudador que retire el gravamen.
Un embargo por impuestos federales, Tax Levy
Un embargo judicial es un procedimiento legal en el que el IRS secuestra una vivienda u otro activo con el fin de cobrar una deuda tributaria. En el caso de los contribuyentes que tienen bajos ingresos, la mayoría de los embargos se hacen a las cuentas bancarias, los salarios, los futuros reembolsos de impuestos, e incluso las prestaciones del Seguro Social. Un embargo a una cuenta bancaria sólo es válido por la cantidad que se encuentra depositada en la cuenta en el momento en que se le notifica del embargo y no afectará los depósitos futuros. Sin embargo un embargo a los salarios o las prestaciones, es continúo, y significa que su salario o las prestaciones estarán embargadas hasta que pague la deuda en su totalidad. Existen varias formas en las que el servicio recaudador le podría embargar.
El programa para el embargo de los pagos federales
Una forma sencilla en la que el IRS recauda impuestos adeudados es a través del Programa de Embargo de Pagos Federales (FPLP). En el caso de los contribuyentes con bajos ingresos o con discapacidades, a menudo el embargo se lleva a cabo en las prestaciones brindadas por el Seguro Social. El recaudador de impuestos compara su lista de contribuyentes morosos con los archivos del Servicio Administrativo Financiero del Gobierno, una base de datos que identifica a las personas que tienen derecho a recibir prestaciones brindadas por el Seguro Social u otras ayudas federales. Después de hacer un cotejo, el recaudador envía una notificación al contribuyente informándole que impondrá un embargo a los pagos que recibe del Seguro Social. Según este programa FPLP, el recaudador puede imponer un embargo con un máximo de hasta el 15 por ciento de los pagos que la persona reciba del Seguro Social cada mes. Esto incluye a las prestaciones para el sobreviviente y el seguro por discapacidad. El IRS no embarga ciertas prestaciones incluyendo las asistencias a los menores, los pagos del Seguro de Ingreso Suplementario (SSI), y las ayudas en pagos únicos por muerte.
El programa para el embargo del reembolso tributario estatal
Otra forma de cobrar los impuestos se hace por medio del Programa para el embargo del reembolso tributario estatal (SITLP). A través del programa SITLP, el recaudador puede embargar su reembolso tributario estatal para cobrarse los impuestos federales adeudados. El programa compara las cuentas fiscales morosas con una base de datos que contiene información sobre quién recibirá un reembolso estatal. Si hay un cotejo, el IRS puede entonces embargar su reembolso. En general, el estado y el recaudador emitirán notificaciones informándole del embargo, y el IRS le dará la oportunidad de apelar. En algunos casos, si ya recibió una notificación de la intención de embargarle, en la que se le informa de su derecho a una audiencia, el IRS no emitirá una nueva notificación.
El programa para el embargo de los pagos no federales (el programa para el embargo manual)
Otra forma de cobrar los impuestos es a través del proceso para un embargo manual. El embargo manual, Manual Levy Program, es un proceso que es más difícil para el servicio recaudador de impuestos. Este proceso es extremo, ya que podría resultar en un embargo de hasta el 100 por ciento de los ingresos mensuales del contribuyente. Por lo general, el embargo manual se lleva a cabo sólo cuando el contribuyente no responde de ninguna forma y / o no coopera. Si usted ha estado sujeto a un embargo manual, todavía podría alegar para que se le haga una exención para pagar por los gastos razonables del mantenimiento diario. La cantidad exenta en un embargo manual depende del tamaño de la familia y la puede encontrar en la Publicación 1494 del IRS (publicada por el IRS en su página web) (En inglés). En el 2011, la cantidad exenta al embargo para un contribuyente individual era de 791,67 dólares por mes.
¿Qué puede hacer si el IRS le embarga?
Si usted recibe una notificación de embargo del IRS, no se asuste. Hay varias cosas que usted puede hacer, y no todo está sujeto a un embargo. Algunas cosas, como las prestaciones por desempleo, la compensación laboral, la mayoría de los artículos domésticos y las herramientas necesarias para su trabajo, están exentas de embargo. En la Sección 6334 del Código del Recaudador de Impuestos, encontrará una lista completa de las exenciones. Si recibe cualquier tipo de carta o notificación enviada por el IRS, como una notificación de la intención de embargar o un aviso final de la intención de embargo, usted debe actuar inmediatamente.
¿Qué debería hacer si usted no debe los impuestos?
El IRS tiene que darle una notificación antes de que pueda embargar sus bienes. Esto se llama una notificación de la intención de embargar. Una vez que reciba esta notificación, usted tiene 30 días para presentar una apelación. Si usted presenta la apelación, esto suspenderá (detendrá) la cobranza hasta que se concluya la audiencia. Incluso si se le pasan los 30 días, pero cree que no debe los impuestos, existen otras cosas que podría hacer. Usted podría solicitar que se reconsidere la auditoria y mostrar pruebas de que la deuda es incorrecta, o solicitar la protección como un cónyuge inocente. El IRS suspenderá el proceso mientras se consideran dichas solicitudes, cuya revisión puede tardar varios meses.
¿Qué debería hacer si debe los impuestos, pero no los puede pagar?
Si usted cree que debe los impuestos, pero no los puede pagar, usted puede:
Llame al consultorio tributario de LSNJ para las personas de bajos ingresos
Si usted recibe una notificación de un embargo ejecutivo por parte del recaudador de impuestos, IRS, el consultorio tributario de los Servicios Legales de Nueva Jersey para las personas de bajos ingresos está disponible para brindarle ayudar. Para obtener información sobre cualquier asunto relacionado con los impuestos, póngase en contacto con el consultorio tributario para las personas de bajos ingresos en el 1-888-576-5529. Recuerde, si usted no responde a la notificación, es probable que el servicio recaudador de impuestos le quite las prestaciones.
Esta información se actualizó el: Aug 3, 2017