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¿Cuándo termina la manutención de menores?

 

Una de las leyes respecto a cuándo se termina la manutención de menores en Nueva Jersey fue actualizada el 1 de diciembre de 2020. Ese cambio permite que la manutención de los hijos se continúe pagando después de cumplirse los 23 años de edad en el caso de los hijos con discapacidades graves y que su situación económica dependa de sus padres.

Este artículo le dará una visión general de cuándo termina la manutención según las leyes de Nueva Jersey.  Esta información sólo es pertinente en los casos en que se dictó una primera orden de manutención de menores en Nueva Jersey.  Respecto a las órdenes de manutención que se iniciaron en otro estado, territorio o país (incluso si un tribunal de Nueva Jersey dictó una orden de manutención más reciente), usted tiene que consultar las leyes de esa jurisdicción para entender cuándo terminará la manutención.

En términos generales, la manutención termina cuando: a) el menor se  emancipa, o b) termina de forma automática. (“Emancipado” significa que el progenitor ya no tiene la obligación legal de pagar la manutención porque el hijo tiene 18 años o más y es independiente de sus padres).

¿Cuándo puede un padre pedirle al tribunal  que emancipe al menor y cese la manutención infantil?

Un padre puede presentar un pedimento o una solicitud para declarar la emancipación de un menor y  dar por terminada la manutención cuando el hijo ya no está "bajo la responsabilidad de los padres". Generalmente, la emancipación la determina un juez cuando el menor cumple los 18 años de edad y ya no está en la escuela, siempre y cuando no sea discapacitado ni dependa de los padres. Si un menor cumple los 18 años, ya no está en la escuela secundaria, y no tiene planes de asistir a la universidad o a un programa de capacitación, es probable que el progenitor sin la custodia tenga éxito en su petición  para declarar la emancipación del  menor y terminar con los pagos de la manutención. Esto es especialmente posible si el menor se ha mudado del hogar del progenitor que tiene la custodia  y obtuvo un empleo.

¿Cuál es la diferencia entre un pedimento o una solicitud en un caso para la manutención de menores?

Un pedimento y una solicitud no son la misma cosa. Cada uno tiene un conjunto de formularios diferentes que son presentados ante el tribunal por el padre con la custodia o sin esta (o por otra persona que tenga la custodia del menor) para cambiar o parar los pagos por manutención.

El conjunto de formularios que tendrá que presentar depende del tipo de caso judicial que usted tenga, por ejemplo, casos como el divorcio, maltrato o abandono infantil, violencia doméstica, y los casos en los que los padres nunca han estado casados. Los casos por manutención infantil en los que no ha habido un divorcio, una disolución de una unión civil, o una disolución de la sociedad doméstica son llamados asuntos "irresolutos".

Cada caso tiene un número único asignado por el tribunal cuando el caso se entabla inicialmente. Las dos primeras letras del número identifican de qué tipo de caso se trata. Puede utilizar esas dos letras y la gráfica que aparece a continuación para averiguar si usted necesita presentar un pedimento o una solicitud. Ambos conjuntos de formularios están disponibles en el sitio web de la judicatura.

Los formularios para presentar una solicitud: How to File a Request to Modify a Non-Dissolution “FD” Court Order Previously Issued By the Court.

Los formularios para presentar un pedimento: Cómo pedir que el tribunal cambie o haga cumplir una orden en su causa o pedir otra acción relacionada a su causa.

¿Presento un pedimento o una solicitud?

Tipo de caso

El número de caso
comienza con:

Solicitud formal
Mediante la presentación de un:

Divorcio

FM

Pedimento

La disolución de una unión civil

FM

Pedimento

La disolución de la sociedad doméstica

FM

Pedimento

El maltrato o abandono infantil

FN

Pedimento

La tutela/la cancelación de la patria potestad

FG

Pedimento

Violencia doméstica

FV

Solicitud

Sin disolución

FD

Solicitud

 

¿Qué pasa si mi orden de manutención indica cuándo se va a emancipar el menor?

Si su orden de manutención indica ya sea la fecha exacta en la que el hijo será considerado emancipado, tal como el cumpleaños 22 del mismo, o un evento que causará que se le considere emancipado, como cuando este se gradúa de la universidad, esta fecha será considerada como la fecha de la finalización del pago de la manutención. Si la oficina de libertad condicional recoge y procesa el pago de la manutención para menores, dicha fecha (o fecha prevista) se considerará como la fecha de finalización.

La finalización automática: ¿Cuándo cesará el pago de la manutención si nadie presenta un pedimento o una solicitud?

La manutención cesará automáticamente, sin que ninguno de los padres tenga que pedir la finalización ante el tribunal, cuando el menor:

  1. Fallece;
  2. Se casa;
  3. Ingresa al servicio militar, o
  4. Cumple 19 años, a menos que se aplique alguna excepción.

Si su hijo fallece , se casa o entra al servicio militar, infórmele a la Oficina de Servicios de Libertad Condicional enviando pruebas, como un certificado de defunción o matrimonio. 

Las excepciones: ¿En qué casos continuará el pago de la manutención después de que un hijo cumple los 19 años de edad?

La manutención puede continuar más allá de los 19 años de edad si:

  1. Una orden judicial exige una fecha o edad diferente para que la manutención cese o una emancipación;
  2. El hijo está matriculado en la escuela secundaria;
  3. El hijo está matriculado a tiempo completo en la universidad o una escuela vocacional;
  4. Una agencia estatal o federal determina que la condición mental o física del menor cumple con los requisitos de discapacidad antes de que el mismo cumpla los 19 años, o
  5. El hijo se encuentra bajo la tutela de DCPP (anteriormente DYFS).

¿Qué sucederá antes del cumpleaños 19 de mi hijo?

Notificación de la propuesta para la terminación de la manutención de menores. Si la Oficina de Servicios de Libertad Condicional en Nueva Jersey recoge y procesa su pago de la manutención para menores, entonces, seis meses antes del cumpleaños 19 de su hijo, dicha oficina le enviará a ambos padres (o a la persona que tenga la custodia) la propuesta para la conclusión de la manutención. Dicha notificación indicará la fecha prevista para la finalización, también incluirá los formularios especiales (no es un pedimento o una solicitud) necesarios y las instrucciones sobre cómo solicitar para que la manutención continúe después del 19º cumpleaños, si alguna de las excepciones mencionadas anteriormente se aplican al caso del menor. Tres meses antes de que el hijo cumpla 19 años se enviará un segundo anuncio con respecto a la propuesta para la terminación de la manutención, los formularios y las instrucciones sobre cómo solicitar una continuación(Vea la gráfica a continuación).

¿Cómo puedo solicitar el pago de la manutención después de los 19 años de edad?

La solicitud escrita para la continuación de los pagos. En algunos casos, la manutención de menores continuará automáticamente. En otros, usted necesitará solicitar una continuación. Consulte la tabla a continuación para obtener una lista completa. Si una de las situaciones que permiten una excepción para la terminación a los 19 años de edad se aplica al caso, el progenitor que tiene la custodia puede presentar una solicitud por escrito para que se continúe pagando la manutención. La solicitud escrita para que se continúe el pago debe incluir todos los formularios proporcionados con la notificación y la prueba de la excepción. Específicamente, los documentos de prueba tienen que mostrar al menos uno de los siguientes:

  1. Una orden judicial que indique una fecha o edad diferente cuándo terminará la manutención;
  2. Una carta de la escuela del menor, afirmando que este continúa inscrito, y la supuesta fecha de graduación;
  3. Una carta del colegio o escuela vocacional a la que asiste el menor declarando que este está matriculado a tiempo completo y  la supuesta fecha de graduación o fecha de finalización, o
  4. Una notificación hecha por una agencia estatal o federal (como el Seguro Social o la organización que ayuda a las personas con discapacidades de desarrollo) declarando que ha determinado que el menor es discapacitado.

La solicitud escrita para que se continúe haciendo el pago deberá ser recibida en la dirección indicada por lo menos 45 días antes que el menor cumpla los 19 años de edad. Para determinar el plazo de los 45 días, cuente todos los días, incluyendo los fines de semana y feriados.

¿Cuándo es necesario hacer una solicitud de continuación?

Tipo de caso

El número de caso
comienza con:

Para que se continúe la manutención  
después de cumplir los 19 años de edad 
(Si se aplica una excepción)

Divorcio

FM

Solicitud escrita para la continuación

La disolución de una unión civil

FM

Solicitud escrita para la continuación

La disolución de la sociedad doméstica

FM

Solicitud escrita para la continuación

El maltrato o abandono infantil

FN

La custodia DCPP—continúa automáticamente

La tutela/la cancelación de  la patria potestad

FG

La custodia DCPP—continúa automáticamente

Violencia doméstica

FV

Solicitud escrita para la continuación

Sin disolución

FD

Solicitud escrita para la continuación


¿Qué ocurre después de que se envía una petición por escrito para la continuación?

Revisión de la solicitud escrita para la continuación. Los formularios y las pruebas presentadas junto con la solicitud escrita para la continuación serán revisados en la oficina de la libertad condicional, la cual formulará una recomendación a un juez para que se termine o continúe la manutención después del   cumpleaños 19 del menor. El juez dictará una orden para que se termine o continúe pagando  la manutención después de dicho cumpleaños y establecerá otra fecha para que se terminen de hacer los pagos (como la posible fecha de graduación).

Tenga en cuenta que el progenitor no tutelar no tendrá ninguna opción de ver la solicitud escrita para que se continúe el pago o responder directamente a la misma. Una vez que el juez dicta una orden, ya sea terminando o continuando la manutención, cualquiera de los padres puede presentar un pedimento o una solicitud para que se lleve a cabo una audiencia sobre la terminación de dicha manutención, durante la cual ambos progenitores tendrán la oportunidad de presentar pruebas y refutar las evidencia presentadas por la otra parte.

Si no hay una solicitud de continuación, o el juez, basado en la evaluación de los documentos presentados en apoyo, no la concede, entonces, el juez dictará una orden para la conclusión de la obligación después del cumpleaños número 19 y enviará una copia de dicha orden a ambos padres (o las otras partes en el caso).

Si la solicitud escrita incluye suficientes pruebas para que se haga una excepción a la terminación de forma automática a los 19 años, el juez dictará una orden estableciendo una nueva fecha futura y enviará una copia de dicha orden a ambos padres (o las otras partes en el caso). No se proporcionará ninguna notificación adicional. No habrá una segunda oportunidad para solicitar una orden de continuación. Cuando llegue la nueva fecha de terminación, el cobro y la ejecución de la manutención cesarán, a menos que se presente un nuevo pedimento o solicitud y este sea concedido.


​​

¿Qué pasa si uno de los padres (o la persona que tenga la custodia) no está de acuerdo con la orden del juez?

Presentar un pedimento o una solicitud de audiencia. Si cualquiera de los padres (o partes) no está de acuerdo con la orden dictada, cualquiera de los dos puede solicitar una audiencia para presentar testigos y pruebas respecto a las cuestiones de la finalización, continuación o modificación de la manutención.

¿Qué sucede con la cantidad adeuda en el momento que la manutención concluye?

La manutención para menores adeudada. Una vez que la orden de manutención finalice, toda cantidad que se adeude en el momento continuará en mora y se tendrá que pagar. A la manutención adeudada se le llama " atrasos en la manutención". La Oficina de Servicios de Libertad Condicional mantendrá un archivo abierto para el sustento de menores atrasados. No se añadirá ninguna manutención adicional a la cuenta, pero se seguirá cobrando los pagos atrasados hasta que el monto se salde por completo.

¿Qué impacto tendrá el cese en la orden de manutención?

Cuando la orden menciona solo a un menor. Si la orden incluye un solo menor, la terminación de dicho apoyo resultará en que a partir de la fecha en que la orden jurídica establece para la finalización no habrá ninguna obligación de pago. Toda cantidad atrasada (la manutención adeudada) en ese momento  continuará  siendo deuda y se tendrá que pagar. La Oficina de Servicios de Libertad Condicional continuará ayudando con el cobro ejecución de toda cantidad atrasada. La nueva orden cesará la obligación de pago actual y aumentará el pago para la cantidad adeudada igualándola a la cantidad pagada por la orden anterior donde se tenía que satisfacer ambas obligaciones.

Ejemplo: La Sra. Moreno le paga al padre de su hijo 100 dólares semanales para la manutención actual y 20 semanales para cubrir los pagos atrasados. La Sra. Moreno adeuda 1.500 dólares en pagos atrasados a la manutención. Cuando se termine la manutención (cuando el hijo se gradúe de la universidad), la nueva orden le exigirá a la Sra. Moreno pagar por medio de  la Oficina de Servicios de Libertad Condicional 120 dólares semanales para cubrir sólo lo adeudado hasta que el monto se cancele en su totalidad.

Cuando la orden menciona dos o más hijos. Si tras la finalización de la manutención para un menor, quedan uno o más hijos restantes en la orden (generalmente de menor edad), la orden de finalización dictada por el juez también atribuirá el mantenimiento para el resto de los niños. Sin embargo, se creará una nueva adjudicación en la misma cantidad que la anterior a la finalización. El progenitor no tutelar tendrá que presentar un pedimento o una solicitud para pedir que se reevalúe el monto de dicho sustento.

Ejemplo: El Sr. Patel-Rodriguez le paga a su ex esposa, la Sra. Patel-Rodriguez, 100 dólares semanales para cubrir la manutención actual y 20 semanales para cubrir los pagos atrasados,  para un total de 120 dólares semanales. Cuando su hijo cumpla 19 años, y no haya una excepción que aplique, la manutención para su hijo se terminará. La orden jurídica determinará la fecha del cumpleaños número 19 del hijo como la fecha para el cese de la manutención. La orden judicial también indicará que la cuantía del pago para la manutención del menor restante, de ahora en adelante, será de 100 dólares semanales para cubrir la obligación actual y 20 para cubrir los pagos atrasados, para un total de 120 dólares semanales. Esto es una cantidad mayor a lo que las directrices para la manutención infantil en Nueva Jersey indican en el caso de un solo hijo, y la finalización de la obligación es un cambio sustancial en las circunstancias. Por lo cual, el Sr. Patel-Rodriguez tendrá que presentar un pedimento o una solicitud para pedir que se rebaje el monto de dicho sustento de acuerdo a las directrices.

¿Cómo puedo rebajar el monto de la orden de manutención?

El pedimento o solicitud para ajustar la cantidad de la manutención infantil. Cuando hay niños a los que después de la terminación se les queda debiendo la manutención, el sustento para el resto de los menores será exactamente igual al que se brindaba antes de la terminación. Pero esta cantidad no es lo que la ley de Nueva Jersey (las directrices para la manutención infantil) indica respecto a la cantidad que debería pagarse en manutención para menores. Para reducir la cuantía de los pagos basado en la terminación de la manutención, el progenitor no tutelar tendrá que presentar un pedimento o una solicitud para pedir que se rebaje el monto de dicho sustento. El juez puede reevaluar las directrices y establecer una nueva cantidad para los menores que quedan en la orden de pago. Aviso: El pedimento o solicitud para pedir que se rebaje el monto deberá presentarse antes o poco después de la terminación de la manutención.

¿Cómo puedo aumentar los pagos al monto adeudado?

El pedimento o solicitud para ajustar la cantidad en la orden de la manutención infantil. Si después de la finalización de la manutención no queda ningún menor inscrito en la orden, pero todavía se adeuda una cantidad, la orden de terminación exigirá sólo el pago de la cantidad atrasada. El nuevo pago al monto atrasado será igual a la cantidad que se pagaba para la manutención actual y la atrasada antes de la finalización. Si esa cantidad parece pequeña en comparación con el monto atrasado, el progenitor tutelar puede presentar un pedimento o solicitud para aumentar los pagos a la cantidad atrasada.

Las órdenes de manutención - antes de la terminación de la manutención en dólares

Familia

Familia A

Familia B

Familia C

Número de niños en la orden de manutención

1 menor

1 menor

2 menores

Cantidad del pago semanal  actual por manutención

100

100

160

Cantidad del pago semanal para la manutención atrasada

0

20

30

El monto adeudado

0

1.500

2.500



Las órdenes de manutención – Después del cese del apoyo para 1 hijo
Familia

Familia A

Familia B

Familia C

Número de niños en la orden de manutención

0 - No hay más apoyo

1 menor -  Sólo lo atrasado

1 menor

Cantidad del pago semanal actual por manutención

0

0

160

Cantidad del pago semanal para la manutención atrasada

0

120

30

El monto adeudado

0

1.500

2.500

Cualquiera de los padres puede presentar un pedimento o una solicitud para modificar (aumentar o reducir) la manutención o los pagos atrasados cuando la obligación  de pago para el sustento en el caso de un solo menor ha finalizado


¿Por cuánto tiempo puede continuar la manutención?

El cumpleaños 23 del hijo. Previa solicitud por escrito para la continuación, cuando una o más de las excepciones son pertinentes, la manutención puede extenderse hasta la fecha en la que la excepción expirará, tal como la fecha de la graduación de la universidad. Sin embargo, el nuevo estatuto establece el cumpleaños 23 del hijo como el límite absoluto para la conclusión de la obligación de pago. Hay una excepción al límite de edad de 23 años: niños adultos severamente discapacitados que siguen dependiendo de los padres.

El límite exterior de 23 años de edad ya no se aplica a los casos en que la manutención de los hijos continúa debido a una discapacidad grave de un hijoadulto dependiente.  De 2017 al 1 de diciembre de 2020, la ley de terminación de la manutención de los hijos aplicó también el límite de edad de 23 años a los niños dependientes discapacitados.

¿Qué pasa si el menor todavía está en la escuela incluso después del 23º cumpleaños del mismo?

El apoyo financiero para un hijo adulto dependiente después de cumplir los 23. Cuando un hijo, después de su cumpleaños 23, permanece en la escuela( opor alguna razón es dependiente) el juez le puede exigir al progenitor no tutelar que brinde apoyo económico, pero a dicha responsabilidad no se le denomina "manutención infantil". Esto es importante por varios motivos: 1) La Oficina de Servicios de Libertad Condicional no cobrará o ejecutará el apoyo "financiero" para un hijo adulto dependiente. 2) Se tendrá que dictar una nueva orden exigiéndole al progenitor no tutelar el pago de un "apoyo financiero".

¿Cómo puedo conseguir el apoyo financiero para mi hijo adulto que es dependiente?

Presente un pedimento o una solicitud de mantenimiento económico. En el caso de un menor o un adulto dependiente que todavía asiste a la escuela, la manutención podrá extenderse hasta su cumpleaños 23. En esa fecha o antes, el padre tutelar deberá presentar un pedimento o una solicitud de apoyo financiero y/o el pago de los gastos escolares para dicho hijo. El pedimento o solicitud tiene que incluir pruebas.

En el caso de una persona que aún está en la escuela, las pruebas deben incluir una carta de la escuela verificando que él o ella está matriculado a tiempo completo. El pedimento o solicitud también debe incluir pruebas de los gastos domésticos actuales y los gastos individuales del dependiente. Si se concede el apoyo financiero continúo, el juez podrá optar por establecer una cantidad igual a la que se pagaba antes de la conclusión de la manutención infantil o establecerá una nueva cantidad en función de las necesidades financieras actuales de tal dependiente.

 

¿Qué sucede si tengo mantenimiento económico para mi hijo adulto dependiente discapacitado pero preferiría que se hiciera que la Oficina de Servicios de Libertad Condicional hiciera una ejecución?

Presente un pedimento o solicitud para convertir el mantenimiento económico en manutención para los hijos menores. El nuevo estatuto no indica de forma específica que el mantenimiento financiero pueda cambiarse a manutención de menores, ni dice que no se puede. Debido a que todavía no hay una interpretación judicial respecto a este asunto, usted tendrá que argumentar que es justo que el padre de un adulto dependiente discapacitado tenga acceso a las herramientas para la ejecución  de la manutención de menores llevada a cabo por la Oficina de Servicios de Libertad Condicional , si ese hijo tenía 23 años antes o después del 1 de diciembre de 2020, que fue cuando entró en vigor la actualización de la ley para la  terminación de la manutención infantil.

¿Dónde puedo obtener más información?

Preguntas frecuentes sobre la terminación de la manutención infantil en NJ. La oficina estatal de servicios relacionados con la manutención infantil y la Oficina de Servicios de Libertad Condicional mantienen el sitio Web NJ Child Support donde los padres pueden comprobar el estado de la cuenta para el manejo de la manutención. El sitio también incluye una larga sección FAQ (Preguntas frecuentes), con preguntas y respuestas sobre la nueva ley para la terminación de la manutención infantil ​​​​​​​​​