Éste es el tercero de tres artículos con información sobre los casos de manutención para los padres e hijos que viven o desean vivir en diferentes estados. El primer artículo, El derecho de familia: ¿Es posible mudar a mi hijo menor de edad fuera de Nueva Jersey? describe las leyes que se aplican en Nueva Jersey cuando uno de los padres necesita trasladarse fuera del estado. El segundo artículo, El derecho de familia: Los asuntos de tutela y visitas para los padres que viven en diferentes habla sobre la importancia de mantener la relación del niño con ambos padres.
El tratar de descifrar a qué tribunal recurrir puede ser una tarea confusa; por ello existen normas que señalan el tribunal y el estado que debe considerar los casos de manutención cuando el padre tutelar (el padre que tiene la tutela del menor) necesita obtener pagos de manutención para sus hijos provenientes del padre sin la tutela que vive en otro estado.
Por lo general, un tribunal estatal puede dictar una orden exigiendo el pago de ésta al padre que vive en otro estado, sólo si éste tiene algún vínculo específico con dicho estado. Este vínculo le da al tribunal lo que se conoce como jurisdicción, o jurisdicción sobre la persona. La jurisdicción sobre la persona es un conjunto de reglas para establecer ante cual tribunal se ventilará un caso en el que se involucran personas específicas.
¿Cómo determina el tribunal, el estado que escuchará el caso en los procesos de manutención para menores?
Las normas para la manutención de la familia UIFSA, asisten al tribunal en el proceso de selección del estado que verá la causa de manutención cuando los padres residen en distintos estados; Además, cuenta con el reglamento para cada paso del proceso.
¿Cómo adquiere el tribunal estatal la jurisdicción personal sobre padre o la madre?
Según la UIFSA, el estado puede obtener o mantener la jurisdicción personal del padre o la madre que no tiene la tutela siempre y cuando:
Primer paso: Lograr que el Tribunal emita la primera orden de manutención para los hijos menores (Establecer)
Para escuchar un nuevo caso de manutención, el tribunal debe tener la jurisdicción personal de ambos padres. (Véase ¿Cómo adquiere el tribunal estatal la jurisdicción personal del padre? Artículo con información sobre cómo el tribunal estatal puede declarar la jurisdicción personal de uno de los padres en otro estado).
Las leyes del estado que emite la primera orden de manutención son las que determinan:
Segundo paso: Solicitar el cambio (modificación) de la orden por manutención.
Si uno de los padres todavía vive en el estado en donde se dictó la primera orden de manutención: Según la ley UIFSA, el estado en donde se emitió la primera orden de manutención es el que mantiene la jurisdicción exclusiva del caso. Esto significa que el estado que emitió la orden por primera vez es el único que puede cambiarla, siempre y cuando, al menos uno de los padres siga viviendo en él. Por lo tanto, si el padre tutelar o el padre sin la tutela desean modificarla, él o ella debe solicitarlo con el tribunal que la emitió por primera vez. (Nota: Si uno de los padres se traslada a otro condado del mismo estado, después de que se haya emitido la primera orden, tal vez sea necesario solicitar la modificación ante otro juzgado dentro del mismo estado).
Si ambos padres se han trasladado fuera del estado en donde se emitió la primera orden de manutención: Si ambos padres se han trasladado fuera del estado que emitió la primera orden, las normas que se aplicaron para establecer el lugar en donde tramitar esta orden son las mismas que se utilizan para señalar el estado que decidirá sobre el asunto. (Modificación).
Cuál es el estado que adquiere la jurisdicción del caso en una orden de manutención.
El tribunal adquiere la jurisdicción exclusiva del caso después de emitir el cambio de la orden. A partir de este momento, se aplican las siguientes normas:
¿Cuáles son las leyes estatales que el tribunal aplica para determinar asuntos contenidos en una solicitud para modificar una orden de manutención
Para modificar las órdenes de manutención y decidir en diferentes procesos, el estado emplea diversas leyes dependiendo del caso en cuestión: como el monto de manutención en el evento de que el menor todavía la requiera, o si los padres deben contribuir a los gastos de educación superior. Esto es importante, puesto que cada estado dispone de diferentes leyes deacuerdo a cada situación. Por ejemplo, Nueva Jersey exige que los padres contribuyan financieramente a los gastos de educación para sus hijos aunque ésta no es una ley en muchos estados. Las normas de la UIFSA para los casos más comunes son:
Tercer paso: Cobro de la manutención (Cumplimiento)
Como se mencionó anteriormente, bajo la UIFSA, sólo un estado a la vez puede emitir o modificar el monto de la orden de manutención. Sin embargo, su cumplimiento es un tema diferente. El padre tutelar puede presentar una solicitud para el cumplimiento de la manutención en cualquiera de estos dos lugares:
El estatuto de la UIFSA le confiere dos opciones al padre tutelar a fin de que él o ella pueda obtener ayuda de las autoridades locales del estado en donde reside el padre sin la tutela. A menudo, Les es más fácil a las autoridades locales que a los funcionarios en un estado lejano embargar el salario o cumplir órdenes de arresto contra el padre sin la tutela.
Con frecuencia, en los casos en donde un tribunal de Nueva Jersey tiene la jurisdicción de emitir o modificar la orden de manutención, el Departamento de Libertad a Prueba del Tribunal Superior (la agencia a cargo de facilitar el cobro de la manutención para los hijos menores) enviará el caso al estado del padre sin la tutela para la ejecución de la orden y el cobro de la manutención.
Los coordinadores de la UIFSA
El estatuto de la UIFSA le exige a cada estado que le facilite a los padres un coordinador para asistirlos cuando necesiten entablar una demanda interestatal de manutención para los hijos menores. El coordinador de la UIFSA conoce los procedimientos y ayuda a los padres a presentar la solicitud de manutención; de esta manera, el padre no tiene que viajar a otro estado para hacerlo.
En Nueva Jersey, cada juzgado en un condado dispone de un coordinador de la UIFSA. Si usted vive en Nueva Jersey y se pregunta si es posible que los tribunales de este estado escuchen el caso de manutención para sus hijos, puede hacer la solicitud mediante el tribunal de su condado. Si necesita presentar la solicitud en otro estado, el coordinador de la UIFSA le asesorará y le ayudará con el procedimiento. Para ponerse en contacto con el coordinador en el juzgado de su condado local, busque en la lista de la División de la Administración de Familias del Tribunal Superior (de la judicatura de Nueva Jersey) (en inglés) los números de teléfono.
Esta información se actualizó el: Jan 19, 2017