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Qué hay que hacer para alquilar una vivienda cuando se tienen antecedentes penales

 

Una ley en Nueva Jersey llamada “The Fair Chance Housing Act”, Ley para la oportunidad justa de acceso a la vivienda (FCHA por sus siglas en inglés)” lo protegerá de los propietarios que podrían discriminarlo debido a sus antecedentes penales. En la mayoría de los casos, los propietarios no pueden preguntarle ni tener en cuenta sus antecedentes penales en el proceso de solicitud, antes de que le hagan a usted una oferta condicional de vivienda. Una oferta condicional significa que su solicitud de vivienda ha sido aprobada, pero aún puede estar sujeta a una revisión satisfactoria de la verificación de sus antecedentes. La FCHA tiene el objetivo de eliminar las barreras para las personas con antecedentes penales que buscan una vivienda en Nueva Jersey.

Después de una oferta condicional, el propietario sólo puede considerar:

  • Condenas por asesinato, agresión sexual con agravantes, secuestro, incendio, trata de personas, agresión sexual en violación de la ley N.J.S.A. 2C:14-2, causar o permitir que un menor participe en un acto sexual prohibido o en la simulación de tal acto en violación del párrafo (3) de la subsección b. de N.J.S.A. 2C:24-4, o cualquier delito que resulte en la inscripción de por vida en un registro estatal de delincuentes sexuales;
  • Condenas por delitos procesables en primer grado, cuando se haya dictado la condena o se haya concluido la sentencia de cárcel en los seis años anteriores a la oferta;
  • Delitos procesables en segundo y tercer grado cuando se dictó la condena o se concluyó la sentencia de cárcel en los cuatro años anteriores; y
  • Delitos de cuarto grado cuando se dictó la condena o la sentencia de cárcel concluyó en el plazo de un año desde la oferta.

El propietario no puede considerar:

  • Casos que no dieron lugar a una condena penal;
  • Condenas eliminadas, selladas o perdonadas;
  • Condenas anuladas o invalidadas;
  • Sentencias de delincuencia juvenil; y
  • Delitos cometidos en otro estado que han sido despenalizados dentro de Nueva Jersey.

Antes de una oferta condicional, el propietario sólo puede considerar si usted fue condenado por fabricar o producir drogas en las instalaciones de viviendas federales, o si usted está sujeto al programa estatal de registro de delincuentes sexuales en virtud de la Ley Megan.

El propietario sólo puede retirar una oferta condicional si su historial penal demuestra que usted es un riesgo para la seguridad o la propiedad, y el retiro de la oferta por parte del propietario satisface un “interés sustancial, legítimo y no discriminatorio”. Para tomar esta determinación, el propietario debe hacer una “evaluación individualizada” teniendo en cuenta:

  • La naturaleza y gravedad del delito, incluyendo el grado;
  • El tiempo transcurrido desde el delito;
  • Cualquier información que usted pueda proporcionar sobre su rehabilitación y buena conducta desde el delito;
  • Si el delito volvió a suceder y afectó negativamente la seguridad del proveedor de vivienda; o
  • Si el delito ocurrió o estuvo conectado con el inmueble que usted alquiló o arrendó.

Si el propietario dice que sus antecedentes demuestran un riesgo para la seguridad o la propiedad, usted tiene que reunir pruebas de su rehabilitación tales como títulos académicos, certificaciones vocacionales y educativas, cartas de buena conducta, hojas de vida, cartas de recomendación de empleadores, maestros, mentores y propietarios de vivienda anteriores, y pruebas de voluntariado, servicio público y actividad cívica.

¿A qué tipo de notificación tengo derecho según la ley FCHA?

El propietario debe notificarle que sus antecedentes penales pueden ser considerados pero que usted tendrá la oportunidad de proporcionar pruebas respecto a inexactitudes, rehabilitación, o factores que pesen favorablemente en la revisión de sus delitos.

De igual forma, si el propietario retira una oferta condicional debido a sus antecedentes penales, debe proporcionarle una notificación por escrito. Deberá proporcionar razones específicas para el retiro de la oferta e informarle de su derecho a presentar una reclamación. Dentro de los 30 días desde que se retiró la oferta, usted puede solicitar una copia de toda la información que el propietario utilizó para considerar su solicitud. El propietario debe proporcionar la información dentro de los 10 días de su solicitud.

El propietario no puede publicar anuncios que indiquen que no considerará a los solicitantes que tengan antecedentes penales (excepto en caso de: 1. actividad relacionada con la fabricación o producción de metanfetamina en viviendas con asistencia federal; o 2, por estar sujeto a un programa estatal de registro de por vida para los delincuentes sexuales).

¿Qué pasa si el propietario viola la ley FCHA?

Los solicitantes a quienes se les niega una vivienda subvencionada por el gobierno federal, como vivienda pública o una unidad en un complejo subvencionado por el HUD (United States Department of Housing and Urban Development - Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano de los Estados Unidos), o a quienes se les niega un vale de la Sección 8 o del Programa Estatal de Asistencia para el Alquiler, tienen derecho a apelar dicha negativa.

Si el propietario viola cualquier disposición de la ley FCHA, usted puede presentar una queja ante la División de Derechos Civiles. Si la División determina que el propietario violó la ley FCHA, este puede ser multado con 1.000 dólares por la primera violación, y hasta 10.000 si violó la ley dos o más veces dentro de un período de siete años. También es posible que se le reembolse a usted la tarifa de solicitud de vivienda. Podrá acceder al portal de quejas en línea de la División de Derechos Civiles: Sistema de Acceso a la Investigación de prejuicio de Nueva Jersey.