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Ley de NJ para una vivienda segura: Protecciones para los inquilinos víctimas de violencia doméstica en NJ

 

La ley de Nueva Jersey para una vivienda segura, The New Jersey Safe Housing Act, es una ley que les permite a los inquilinos que son víctimas de violencia doméstica y a sus hijos romper un contrato de arrendamiento antes de tiempo.  Esta ley se estableció para asegurar que estos inquilinos victimados tengan una vivienda segura y a largo plazo. La cita, que se refiere al número de la ley, es N.J.S.A 46:8-9.4. (La cita indica el tomo donde se encuentra esta ley).

Los inquilinos tienen que brindarle una notificación escrita al arrendador

Conforme a la ley, el inquilino tiene que enviar una notificación por escrito para poner un fin anticipado al contrato. Este se vencerá 30 días después de que el arrendador reciba dicha notificación, por lo cual se le exige pagar el alquiler hasta el 30avo día. La notificación tiene que indicar lo siguiente:

  • Que si el inquilino/víctima o el menor se queda viviendo en este lugar, correrá el peligro de que otra persona le cause algún daño físico.  Para efectos de esta ley, se incluye en la definición de lo que es la violencia doméstica, el peligro que puede correr cualquier persona menor de edad. El menor no tiene que ser hijo del agresor y de la víctima. Para obtener una descripción completa de los delitos que se consideran como violencia doméstica, consulte 19 delitos catalogados como violencia doméstica.

  • (El inquilino no puede terminar el contrato si la amenaza es general). Por ejemplo, el requisito se cumple si el agresor sabe dónde vive la víctima y si hubo un incidente de violencia doméstica anterior (aun si esto no ha sucedido en el lugar que se esté alquilando).

Junto con la notificación, tiene que enviar otras pruebas de esta amenaza

La víctima/inquilino debe enviar pruebas adicionales de la amenaza junto con la carta para terminar el contrato de arrendamiento. Por medio de estas, tiene que mostrar las razones por las cuales está bajo peligro de que alguien le cause un grave daño corporal. Los siguientes documentos son ejemplos de pruebas admisibles:

  • Una copia certificada (oficial) de la orden final de restricción (no la temporal) según la ley para prevenir la violencia doméstica en Nueva Jersey, la cual protege a la víctima/inquilino del agresor que se menciona en la carta.

  • Una copia certificada de una orden final de restricción que le otorgó otra jurisdicción(estado o país) según la ley que aplique sobre la violencia doméstica, la cual protege a la víctima/inquilino de la misma persona que se menciona en la carta.

  • Un informe de una agencia del orden público (como un informe policiaco) que documente el acto o certifique (informe oficialmente) que la víctima/inquilino o menor es víctima de violencia doméstica.

  • Notas o informes de un médico o enfermera u otro proveedor de servicios médicos de un hospital, sala de urgencias o una oficina médica particular, en la que se describa las lesiones que resultaron de este acto.
  • Una certificación escrita (declaración oficial) de un perito en el área de la violencia doméstica o director de una agencia (oficial) de asistencia en casos de violencia doméstica que indique que el inquilino o el menor es una víctima.

  • Otro documento o certificación de un trabajador social autorizado para indicar si el inquilino o el menor es víctima de violencia doméstica.

Los documentos que el inquilino envíe al arrendador junto con la notificación escrita son de mucha importancia. Tenga en cuenta que:

  • Toda orden de restricción que envíe tiene que ser la definitiva, (FRO por sus siglas en inglés). La provisional, (TRO por sus siglas en inglés) por sí misma no es suficiente, pero le podría ser de ayuda si la envía con otros documentos admisibles.

  • Las personas que le escriban informes o cartas deberán indicar sus credenciales para presentar dicho informe y enviar adjunto una copia de su hoja de vida.

  • El informe o carta debe explicar qué se utilizó como fundamento para determinar que la persona es víctima de violencia doméstica. Por ejemplo, debe indicar si hubo reuniones en persona o cualquier otro documento que se haya visto.

Se recomienda que el inquilino esté en contacto con la agencia de violencia doméstica del condado. Para obtener una lista de estas agencias, vea Recursos urgentes en caso de violencia doméstica.

Viviendas subvencionadas por el gobierno federal

Las víctimas de violencia doméstica tienen derechos adi-cionales en virtud de la Ley para Terminar con la Violencia Contra la Mujer (VAWA), y deben buscar asesoramiento legal para hablar de esos derechos.

¿Cuándo terminará el contrato de arrendamiento?

Treinta días después de que el propietario reciba la notificación, si el inquilino víctima ha hecho un esfuerzo de buena fe para cumplir los demás requisitos. Esto sig-nifica presentar los documentos justificativos y pagar el alquiler hasta la fecha de clausura.

Si hay otros inquilinos inscritos en el contrato de arrendamiento, también se terminará para ellos. Los otros inquilinos pueden firmar un nuevo contrato de arrendamiento si así lo desea el arrendador. No se debe sacar de la casa a los otros inquilinos, a menos que el propietario tenga una buena causa según las leyes que rigen el arrendamiento.

¿Qué sucederá con mi depósito de garantía?

Si termina el contrato de arrendamiento y se muda, la ley para una vivienda segura indica que el arrendador tendrá que devolverle el depósito no más de 15 días después de la mudanza. Según la ley, el arrendador se puede quedar con parte del depósito si hubo daños en el apartamento o si debe el alquiler. El arrendador debe enviar una notificación al último domicilio conocido, indicándole el lugar donde puede ir a conseguir su depósito de garantía. Si el propietario se queda con parte del depósito, también tiene que enviarle una notificación con las razones. Si no está de acuerdo con las razones por las cuales éste se quedó con el depósito, puede demandar al propietario en el tribunal de menores cuantías y cobrar el doble de la cantidad que no le devolvió y los costos para conseguir que un abogado que le ayude. (La cita que indica esta ley es N.J.S.A. 46:8-21.1.)

¿Qué sucederá si vivo en una vivienda pública?

Si vive en una vivienda pública o algún otro edificio subvencionado o está en el programa de asistencia con el alquiler, en inglés Housing Choice Voucher (también se conoce como la Sección 8), puede que tenga otras opciones para poner fin a un contrato de arrendamiento.

  • Notificar debidamente. Lo primero que debe hacer es ver el contrato y lo que dice acerca de los avisos que necesita brindar a las Autoridades de Viviendas o al arrendador si quiere liberarse del contrato de arrendamiento. También hay una ley federal, llamada la Ley en contra de la violencia hacia la mujer, Violence Against Women Act, que le puede servir si usted vive en una vivienda pública, subsidiada o si recibe los cupones. (La cita de esta ley es PL 109-162).

  • Pedir a las autoridades de viviendas que le ayuden. Las autoridades de vivienda pueden desalojar al agresor y permitir que se quede usted. Si corre el peligro de que el agresor le haga daño, pueden ayudarle a mudarse a otro lugar. Si recibe los cupones para la vivienda, puede terminar el contrato por medio de la ley de Nueva Jersey para una vivienda segura y mudarse a otra casa o apartamento. Las autoridades de viviendas que se encargan de darle la asistencia con el alquiler le ayudarán con este proceso.

Si usted vive en una vivienda pública, subvencionada o con cupones, una de las cosas más importantes que usted necesita presentar son pruebas de que usted es víctima de violencia doméstica. Estas son las mismas que se necesita bajo la ley de Nueva Jersey para una vivienda segura. (Las pruebas se describen al principio de este artículo).

Tendrán que mantener confidencial la información personal

Para poder lograr que se termine el contrato bajo esta ley, tendrá que divulgar información muy personal sobre su situación. De acuerdo a la ley de Nueva Jersey para una vivienda segura, el arrendador y/o secretario del municipio tienen que mantener la información confidencial. Se les prohíbe que divulguen la información con respecto a la violencia doméstica. También se prohíbe que el arrendador ponga dicha información en una base de datos compartida, como por ejemplo con una compañía de investigación acerca de los inquilinos o agencia que expide informes acerca de los inquilinos. Sin embargo, la ley sí permite que el arrendador pueda utilizar esta información en el futuro, si es que se entra en un proceso jurídico de inquilinato.

La ley de Nueva Jersey para una vivienda segura es de gran beneficio para las víctimas de violencia doméstica que deseen salirse de una situación peligrosa. Si usted es víctima y desea que le asistan con un asunto de violencia doméstica, llame a LSNJLAWSM, la línea directa gratuita de asistencia jurídica de los Servicios Legales de Nueva Jersey para todo el estado, marcando el 1-888-LSNJ-LAW (1-888-576-5529). También puede solicitar por medio de la Internet. ​​​​​