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La “Declaración de Derechos” de Atención a Largo Plazo protege a los residentes LGBTQI y VIH+ de la discriminación

 

Una amplia ley (P.L. 2021, c.033), que entró en vigor en agosto de 2021, proporciona protecciones a los residentes LGBTQI y VIH+ dentro de los cuidados a largo plazo. Denominada una nueva “Declaración de Derechos” para estas personas, la ley protege los derechos de tres maneras diferentes: definiendo y prohibiendo actos de discriminación, estableciendo nuevos requisitos contra la discriminación en las instalaciones, y describiendo cómo denunciar violaciones de la ley.

¿Qué se considera discriminación?

Esta ley se refiere a la discriminación “basada total o parcialmente en la orientación sexual real o percibida de una persona, identidad de género, expresión de género, estado intersexual o estado de VIH”. Sus medidas contra la discriminación abordan los derechos en la atención médica, la atención no médica y el acceso a los centros de atención a largo plazo para los residentes LGBTQI y VIH+.

Discriminación en la atención médica

Un residente tiene derecho a recibir atención médica adecuada mientras se respeta su privacidad y dignidad. Por ejemplo, una instalación no puede:

  • Prohibir el acceso a la atención médica adecuada para los órganos y las necesidades corporales del residente, incluidas las evaluaciones relacionadas con la transición, las terapias y los tratamientos que haya recomendado un proveedor de atención médica.
  • Tener personal (aparte de aquellos que brindan atención directa al residente) presente en una habitación sin el consentimiento informado del residente, cuando el residente está desnudo parcial o totalmente.
  • No tener barreras visuales adecuadas para proporcionar intimidad a todos los residentes.
  • Divulgar información sobre la orientación sexual de un residente, su estado/identidad transgénero, su historial de transición, su estado intersexual o su estado de VIH, y debe tomar medidas para minimizar la probabilidad de dicha divulgación.

Discriminación en la atención no médica

El personal debe respetar la identidad elegida por un residente y permitirle el acceso a los ajustes adecuados. Por ejemplo, una instalación debe asegurarse de que su personal no:

  • Use de forma incorrecta y repetidamente un nombre o pronombre elegido después de que el personal haya sido claramente informado.
  • Prohibir a los residentes asociaciones, sexuales o no, con otros residentes o visitantes.
  • Negarse o no proporcionar deliberadamente cualquier servicio, atención o ajuste razonable, especialmente cuando la negativa causaría molestias evitables al residente.
  • Negarle a un residente el derecho de usar o vestirse con ropa, accesorios o cosméticos, o elegir prácticas de aseo, en formas que sí están permitidas para otros.
  • Prohibir o acosar a un residente de usar un baño basado en la identidad de género.

Discriminación en el acceso a instalaciones a largo plazo

Las personas dentro de la categoría protegida deben tener acceso a instalaciones de atención a largo plazo adecuadas a sus necesidades. Por ejemplo, una instalación no puede:

  • Denegar la admisión a un residente calificado.
  • Transferir o negarse a transferir al residente dentro de la misma instalación o a otra instalación.
  • Dar de alta o desalojar al residente sin la justificación adecuada.
  • Hacer asignaciones de habitaciones para residentes transgénero y no binarios basadas en cualquier género que no sea el género elegido, a menos que lo solicite el residente.
  • Denegar una solicitud de los residentes para compartir una habitación.

¿Qué más deben hacer las instalaciones?

Las instalaciones deben tomar tres medidas principales además de garantizar la igualdad de derechos de sus residentes. En primer lugar, se les exige que pongan letreros contra la discriminación que mencionen específicamente la igualdad de trato de las personas LGBTQI o VIH+. Estos también deben incluir información sobre cómo comunicarse con el Defensor del Pueblo de Cuidados a Largo Plazo de Nueva Jersey (Long-Term Care Ombudsman, LTCO) si un residente siente que sus derechos fueron violados.

En segundo lugar, las instalaciones deben garantizar que los registros de un residente incluyan la identidad de género del residente y el nombre y pronombres elegidos, según lo indicado por el mismo.

Por último, las instalaciones deben garantizar que los administradores y todo el personal reciben capacitación, al menos cada dos años, sobre el cuidado de las personas mayores LGBTQI y las personas mayores que viven con el VIH, incluida la prevención de la discriminación. Las instalaciones también deben designar un administrador y un miembro del personal para que sirvan como puntos de contacto de la instalación para el cumplimiento de esta ley.

¿Cómo puedo denunciar violaciones de mis derechos?

• Si se encuentra en un centro de atención a largo plazo y siente que está siendo discriminado porque forma parte del colectivo LGBTQI o VIH+, usted o alguien que actúe en su nombre puede presentar una queja a través de la Oficina del Defensor del Pueblo de Cuidados a Largo Plazo llamando por teléfono al 1-877-582-6995, enviando un mensaje electrónico a [email protected], o llenando el Formulario de Quejas en Línea.

Si una investigación concluye que la instalación ha violado sus derechos, puede estar sujeta a sanciones civiles u otra acción administrativa, como se describe en las regulaciones del Departamento de Salud.