Un caso de Nueva Jersey que aborda este asunto es el J.C. V. M.C.
¿Puedo entablar una demanda para el divorcio si mi cónyuge tiene una orden de restricción por violencia doméstica en mi contra?
Sí. El entablar una demanda para el divorcio u otra acción jurídica, por sí misma, no vulnera una orden de restricción. Cualquiera de las partes tiene el derecho de recurrir al tribunal para terminar un matrimonio. El juez, en J.C. V. M.C. dijo, “[n]o hay nada en la ley contra la violencia doméstica que refleje remotamente alguna intención legislativa para impedirle a alguien, la víctima o el demandado, pedir un divorcio contra la otra parte".
Sin embargo, al presentar documentos ante el tribunal debe tener mucho cuidado que estos puedan ser vistos como un acoso al cónyuge que tiene una orden de restricción en su contra. El tribunal puede ver un litigio que no es necesario para la resolución de un asunto jurídico real como algo frívolo. "Frívolo" se refiere a un caso que no tiene nada que ver con ningún asunto legal legítimo. Esto puede provenir de una causa que fue entablada después de que un juez ya había decidido el asunto. Un caso frívolo es uno en el que un juez no tiene ninguna autoridad para decidir. Por ejemplo, pedirle al juez que le impida a su cónyuge tener una relación con otra persona no es algo que tenga un fundamento legal entonces sería considerado como frívolo.
Preparar una demanda exige que se tenga que describir hechos relacionados con asuntos legales legítimos. El juez podría ver toda declaración que sea falsa, mal intencionada o innecesariamente dañina como un acoso contra el cónyuge que tiene una orden de restricción en su contra. Es mejor concentrarse en los hechos y evitar lo que puede ser visto como improperios en sus papeles.
Si entrega al tribunal documentos que puedan ser vistos como un acoso, a usted se le puede acusar de estar transgrediendo la orden de restricción o alejamiento. Si el juez determina que se están utilizando tácticas abusivas en el litigio, podría imponer sanciones e incluso exigir que en el futuro, todos los documento jurídicos sean revisados por un juez antes que puedan ser enviados a la otra parte. 2
¿Cómo entablo una demanda para el divorcio?
Los Servicios Legales de Nueva Jersey han publicado una guía para procesar su divorcio en Nueva Jersey un manual para entablar el divorcio por cuenta propia. En la tienda de LSNJ puede ordenar una copia digital en formato PDF de la guía junto con todos los formularios necesarios. En nuestra sección Divorcio podrá averiguar más acerca del procedimiento para entablar un divorcio y asuntos legales relacionados.
¿Qué es el proceso de notificación?
Si ha entablado una demanda para el divorcio, o cualquier acción legal, se le exige que esté seguro de que a la otra parte se le entregue una copia de la demanda y los papeles legales relacionados. Esto se llama notificar de la demanda a la otra parte o proceso de notificación y las reglas judiciales exigen que se haga de un modo específico. Dichas reglas también le exigen proporcionarle al tribunal una prueba de que se completó el diligenciamiento de acuerdo a las mismas.
El diligenciamiento en persona se considera la forma más fácil de notificar y se debe hacer por medio de la oficina del Sheriff. Si la otra parte tiene un abogado, usted le puede enviar los documentos por correo a ese abogado. A continuación se describen algunas de las otras formas de completar el emplazamiento.
¿Está bien notificarle de la demanda para el divorcio a mi cónyuge que tiene una orden de restricción por violencia doméstica en mi contra?
Sí, si usted lo hace de la forma correcta. El caso J.C. V. M.C. dice que, “[s]iempre y cuando la demanda de [divorcio] sea emplazada por una tercera persona apropiada y legalmente designada, como un agente del Sheriff o un organismo delegado para la entrega de notificaciones u otra tercera persona legalmente aprobada, en vez de ser entregada personalmente por el acusado de violencia doméstica, tal acción no infringe los términos ni el espíritu de la Ley para la [Prevención de la Violencia Doméstica] ". (Se añadió el énfasis). Esto significa que si su cónyuge tiene una orden de restricción en su contra y usted sabe dónde vive (por ejemplo, si dicha persona continúa viviendo en la casa marital), entonces usted tiene todo el derecho de utilizar la Oficina del Sheriff para que un agente le entregue personalmente los papeles a su cónyuge. La entrega en persona de los documentos por medio del alguacil no es una infracción de la orden siempre que tales documentos no sean un acoso. (Vea la sección ¿Puedo entablar una demanda para el divorcio si mi cónyuge tiene una orden de restricción por violencia doméstica en mi contra?, para que se entere de cómo evitar litigios frívolos y declaraciones falsas o mal intencionadas en la demanda de divorcio).
No trate de entregarle a su cónyuge en persona, usted mismo, ni la demanda ni ningún papel relacionado con el divorcio. Esto no se considerará como un emplazamiento apropiado y será una infracción contra la orden de restricción. Use la oficina del Sheriff para entregar los papeles o enviarlos a la oficina del abogado de su cónyuge (si este, en la actualidad, tiene uno).
Podría surgir algún problema cada vez que se trate de usar otro tipo de emplazamiento. Cuando no existe una orden entre los cónyuges, uno puede estar de acuerdo en aceptar a que el emplazamiento de la demanda y papeles relacionados se haga por medio del correo postal. Es diferente cuando hay una orden de restricción en vigor. El solo preguntarle al cónyuge que tiene una orden de restricción en su contra si él o ella está dispuesto a aceptar el emplazamiento por correo puede violar los términos de tal orden por haber una prohibición de tenerse algún contacto o comunicación. El pedirle a otra persona que le pregunte a su cónyuge también puede violar dicha orden. Así que, si su cónyuge tiene una orden de restricción en su contra, no trate de enviarle por correo, directamente, a él o ella, la demanda ni papeles relacionados. Usted no debe comunicarse directamente con él o ella.
¿Si yo no sé dónde vive mi cónyuge y este tiene una orden de restricción en mi contra, está bien si lo busco?
No. Las reglas jurídicas le exigen a toda persona que entable una demanda de divorcio tomar pasos para localizar al cónyuge, si no se conoce el lugar de residencia del mismo. Esto se conoce como una "investigación diligente". Sin embargo, es muy importante que evite invadir la privacidad del cónyuge que tiene una orden de restricción contra usted. No trate de buscar a su cónyuge.
En el caso J.C. V. M.C. se advierte en contra de la posibilidad de quebrantar una orden de alejamiento al tratarse de averiguar dónde vive su cónyuge en la actualidad. “[Una] infracción puede ocurrir cuando, antes del emplazamiento, un acusado de violencia doméstica [escoge iniciar por cuenta propia] acciones para situar, confirmar y comprometer la confidencialidad del paradero de la parte protegida, aún con el pretendido propósito de...entregar la notificación".
¿Entonces cómo le notifico a mi cónyuge?
El caso reconoce que un cónyuge, contra quien existe una orden de restricción y que no sabe a dónde notificar al otro cónyuge, está en una situación difícil. El caso, J.C. V. M.C, describe otra forma de completar el emplazamiento. Este dice que una opción práctica para que la demanda y los papeles relacionados al divorcio se le entreguen a un cónyuge que tiene una orden de restricción en su contra "sin violar la confidencialidad del paradero de ese cónyuge, es que el juez dicte una orden para que la unidad del tribunal contra la violencia doméstica envíe la citación y la demanda al cónyuge por correo certificado a la última dirección que esa unidad tenga en archivo en los registros confidenciales". Este caso también menciona lo qué se puede hacer si la última dirección que se tiene en el archivo en la unidad del tribunal contra la violencia doméstica ya no es el lugar donde su cónyuge vive. Dice que la mencionada unidad debe utilizar otras formas de contactar a su cónyuge, como el número de teléfono celular o la dirección del correo electrónico para preguntarle cuál es su dirección postal actual y entonces enviarle los papeles por correo certificado o, como última instancia, enviarle una copia escaneada de los papeles a la dirección del correo electrónico.
¿Se encargará automáticamente el tribunal de notificarle a mi cónyuge?
No. Los tribunales NO seguirán automáticamente el procedimiento para el emplazamiento de una demanda, aunque existe un caso que dice que hay una buena forma de notificar a un cónyuge cuando hay una orden de restricción en efecto y usted no conoce la dirección actual del cónyuge. Si (1) su cónyuge tiene una orden en su contra y (2) usted no sabe dónde vive en la actualidad, tendrá que interponer un pedimento ante el tribunal para pedir una orden judicial que se haga un "emplazamiento alterno". Hacer un emplazamiento alterno quiere decir notificarle a su cónyuge de una manera que es diferente a lo que las reglas procesales exigen.
¿Cómo interpongo un pedimento?
Para presentar un pedimento, usted puede utilizar el paquete del poder judicial de Nueva Jersey, Pro Se Motion Kit: How to Ask the Court to Change/Enforce an Order in Your Case, or Request Another Related Action in Your Case. Este paquete consiste de varias partes, incluyendo una certificación y una notificación de un pedimento.
En la certificación, usted explicará los hechos que apoyan la petición de un emplazamiento alterno. Específicamente debe incluir una declaración indicando que (1) a su cónyuge se le ha concedido una orden de restricción por violencia doméstica en su contra. Incluya el nombre de ese caso, la fecha de la orden, ya sea temporal o final y el número de caso (empieza con "FV- "); y (2) que usted no sabe dónde reside su cónyuge en la actualidad.
En la notificación de pedimento, usted explicará la "reparación judicial" que está buscando. ("Reparación judicial" se refiere a lo que usted desea que el juez le conceda). Debe indicar que desea que el juez le permita llevar a cabo un emplazamiento alterno de acuerdo con J.C. v. M.C., 438 N.J. Super. 325 (Ch. Div. 2013). Entonces sea más específico, que usted desea que se permita hacer el emplazamiento alterno por correo certificado enviado por medio de la unidad del tribunal al cónyuge, a la última dirección que se tiene en los registros. De igual manera, debe decir que si la opción del correo certificado falla, usted desea que el tribunal instruya a la unidad contra la violencia doméstica a hacer todo esfuerzo de contactar a su cónyuge por medio de cualquier número de teléfono celular y dirección de correo electrónico que tenga de su cónyuge en sus archivos para conseguir una dirección vigente y enviarle una vez más los documentos por correo certificado. Entonces debe pedir que si su cónyuge no está dispuesto a proporcionar una dirección postal actual, pero la dirección del correo electrónico en los registros de la unidad está activa, que se permita el emplazamiento alterno y que la unidad escanee los papeles y se los envíe a la dirección electrónica actual del cónyuge.
Siga las instrucciones del kit y llene todos los papeles contenidos allí y entréguelos en el tribunal. Nótese que usted no le enviará los papeles a su cónyuge, porque usted no sabe su dirección actual y este pedimento es para solicitar que el tribunal toque este asunto.
Nota para todo cónyuge a quien se le haya concedido una orden de restricción por violencia doméstica: Los tribunales están haciendo esfuerzos para proteger la privacidad y confidencialidad de su ubicación. Si usted no quiere que su cónyuge sepa su dirección, asegúrese de que la unidad contra la violencia doméstica que opera en el tribunal donde se le otorgó la orden tenga información actualizada sobre su dirección postal, número de teléfono y del correo electrónico.
Si está solicitando el divorcio o ha recibido una demanda entablada por su cónyuge, debe incluir una dirección postal válida, ya sea un número de apartado postal u otra dirección, donde usted recibirá correspondencia respecto al divorcio (u otros asuntos jurídicos). No tiene que ser su domicilio, pero debe ser una dirección postal fidedigna.
Por cuestiones de seguridad, debe pensar en obtener una dirección alternativa a través del Programa de Nueva Jersey para la confidencialidad con respecto a la dirección (ACP), el cual es un programa para brindar ayuda a las víctimas de violencia doméstica que se han mudado por razones de seguridad. El programa limita el acceso a la información que revelaría su nueva ubicación y le permite recibir correspondencia por medio de la oficina de Nueva Jersey para los asuntos de la comunidad. Para obtener información adicional sobre el programa ACP o para inscribirse en el mismo, llame al 1-877-218-9133. Usted también puede inscribirse al ponerse en contacto con el programa en su condado contra la violencia doméstica. Para obtener la dirección o el número de teléfono de este programa en su condado, llame a la Coalición de Nueva Jersey para Eliminar la Violencia Doméstica en el 1-609-584-8107 o visite el sitio web (en inglés).
1. Para citar este caso, 438 N.J. Super. 325 (Ch. Div. 2013).
2. Parish v. Parish, 412 N.J. Super, 39 (App. Div. 2010).
Esta información se actualizó el: Jul 18, 2018