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Ley de Asistencia a Víctimas y Protección a Sobrevivientes (VASPA)—Protección para las Víctimas

 

La Ley de Asistencia a Víctimas y Protección a Sobrevivientes (Victim’s Assistance and Survivor Protection Act, VASPA) enmendó la Ley de Protección a Sobrevivientes de Agresión Sexual de 2015, para brindar mayor protección a las víctimas. A partir del 1 de enero de 2024, esta ley se extiende a las víctimas de acoso y ciberacoso que no están protegidas por las leyes vigentes sobre violencia doméstica debido a la ausencia de una relación particular con el agresor. La ley aún permite a las víctimas de delitos sexuales obtener una orden de protección. Puede ver la ley en N.J.S.A. 2C:14-13 et seq.

¿Qué es una orden de protección?

Las órdenes de protección tienen como objetivo garantizar la seguridad de las víctimas de un delito sexual, acoso o ciberacoso. Una orden de protección es una orden judicial que prohíbe al agresor tener cualquier tipo de contacto con la víctima. Dicho contacto incluye en persona, por escrito, por vía electrónica, por teléfono, o a través de terceros. Al infractor se le prohíbe ponerse en contacto con la familia, los miembros del hogar, el empleador o los compañeros de trabajo de la víctima, y se le prohíbe entrar en el hogar, la escuela o el trabajo de la víctima.

Una orden de protección también prohíbe que el infractor cometa en el futuro cualquier delito contra la víctima. La orden de protección le hace saber al agresor que él o ella no puede acosar (vigilar) o seguir a la víctima. El agresor no puede amenazar con acosar o seguir a la víctima. El agresor no puede acosar a la víctima en persona o por internet, poniéndose en contacto con ella a través de las redes sociales, u otras formas en línea.

Una orden de protección es un proceso de dos pasos. Primero, se concede una orden temporal de protección. Segundo, se celebra una audiencia o juicio aproximadamente 10 días después para determinar si se debe dictar una orden final de protección, para darle a la víctima una protección permanente contra dicho delito. A continuación, se proporciona más información sobre cómo obtener una orden de protección.

¿Quién puede obtener una orden de protección?

Una orden de protección es como una orden de restricción por violencia doméstica, excepto que la víctima no necesita tener una relación con el agresor. Una orden de protección va más allá de las relaciones familiares o sentimentales tradicionales. Esta ley permite a la víctima obtener una orden de protección, incluso si la víctima y el agresor no se conocían, no eran vecinos ni compañeros de trabajo. Si el agresor es un desconocido, la víctima deberá proporcionar al tribunal algún tipo de información que le identifique a fin de que se le pueda entregar la orden al agresor (para asegurarse de que dicho individuo recibirá el documento legal).

Las víctimas menores de 18 años de edad o aquellos que tengan alguna discapacidad del desarrollo tienen que pedir al padre, madre o tutor que tramite una orden de protección en su nombre. No se puede solicitar una orden de protección en contra de un agresor que sea menor de 18 años. Cualquier delito cometido por un menor de edad puede ser reportado a la policía.

El juez debería dictar una orden de protección si es probable que esta orden sirva en el futuro para proteger la seguridad y el bienestar de la víctima.

Las víctimas que son elegibles para una orden de restricción de violencia doméstica no pueden obtener simultáneamente una orden de protección. Si el delincuente que cometió el delito cumple con los criterios para una orden de restricción por violencia doméstica, como ser el cónyuge actual o anterior, tener un hijo en común, salir con esta persona o haber vivido previamente juntos, la víctima debe presentar una orden de restricción por violencia doméstica en lugar de una orden de protección. El nivel de protección que brinda el tribunal es el mismo, independientemente de que se haya dictado una orden de protección o una orden de restricción contra la violencia doméstica.

¿Qué es un delito sexual?

Un delito sexual puede ser uno de los tres siguientes delitos: penetración sexual, contacto sexual criminal o lascivia. La ley incluso cubre todo intento de tocarle, exhibicionismo o penetración.

El contacto sexual delictivo incluye el tocar intencionadamente las partes íntimas de la víctima por parte del delincuente (o por la víctima siguiendo instrucciones del delincuente), ya sea directamente o por encima de la ropa. El propósito del tocamiento tiene que ser degradar o humillar a la víctima o para la excitación sexual del agresor. Las partes íntimas incluyen los órganos sexuales, el área genital o anal, la parte interior del muslo, la ingle, los glúteos o los senos.

La penetración sexual es el coito vaginal o anal, el sexo oral, o la inserción de un objeto, de la mano o dedo del agresor (o de la víctima siguiendo instrucciones del agresor) en el ano o la vagina de la víctima.

La lascivia es la exposición intencional de los genitales del delincuente con el propósito de satisfacción sexual para este u otra persona.

¿Qué es el acoso?

El acoso implica una conducta repetida dirigida a o hacia una persona que haría que cualquier persona razonable temiera por su seguridad o que sufriera angustia emocional. Esto incluye varias acciones, como mantenerse continuamente cerca de la víctima, seguirla, monitorearla o amenazarla. Este comportamiento podría llevarlo a cabo el propio delincuente, a través de un tercero, o a través de la tecnología.

¿Qué es el ciberacoso?

El ciberacoso es una conducta que ocurre en línea o a través de medios electrónicos con el propósito de acosar a otra persona. La conducta prohibida puede incluir la amenaza de infligir lesiones o daños físicos, o una amenaza de cometer cualquier delito contra una persona o sus bienes. También incluye el envío de material lascivo u obsceno para provocar daño emocional o provocar miedo en la víctima (a veces conocido como pornografía de la venganza).

¿Cómo solicito una orden de protección?

Para solicitar una orden de protección, debe hacerlo en línea o yendo al Tribunal Superior entre las 8:30 de la mañana y las 4:00 de la tarde, de lunes a viernes. Si el tribunal está cerrado, el solicitante tendrá que esperar hasta que vuelva a abrir para presentar una orden de protección. El solicitante puede hacer su petición en el tribunal del condado donde se cometió el delito, donde este o el agresor vive, o donde esté alojado el solicitante.

Las personas no están obligadas a denunciar el delito a la policía para solicitar una orden de protección. Sin embargo, tienen la opción de hacerlo, si así lo desean. Los tribunales no denegarán una solicitud únicamente porque el delito no haya sido denunciado a la policía.

¿Qué sucede después de recibir la orden temporal de protección?

Al infractor se le notificará la expedición de la orden. Esto significa que la policía o un agente del sheriff le dará una copia. Una vez que tenga una copia de la orden, este tiene que obedecerla. Si el infractor no obedece la orden, la víctima debe notificar de inmediato a la policía la violación de dicha orden.

Después de que la víctima reciba una orden de protección temporal, se programará una audiencia para comparecer ante un juez al cabo de unos 10 días. Para decidir si la orden temporal debe convertirse en final, el juez considera:

  • El delito cometido, y
  • La posibilidad de futuros riesgos para la seguridad o el bienestar de la víctima.

Estos dos elementos tienen que ser comprobados por medio de la preponderancia de la prueba. La preponderancia de la prueba, simplemente significa que es más probable que las cosas hayan ocurrido a que no hayan sucedido.

No se le negará una orden de protección porque:

  • La víctima no denunció el hecho a la policía,
  • La víctima estaba ebria,
  • La víctima no huyó del lugar, o
  • No hay lesiones físicas.

El juicio no puede involucrar a ningún testimonio sobre la conducta sexual anterior de la víctima ni su forma de vestir cuando se produjo el incidente.

\Si se dicta una orden final de protección, esta dura para toda la vida de la víctima, o hasta que el tribunal la modifique o rescinda a través de una nueva orden. Toda orden final de protección se inscribe en un registro central. Este registro es confidencial y sólo determinados organismos tienen acceso a él, entre ellos la policía, los tribunales y la División para la protección y permanencia del menor.

Si usted es la víctima y desea recibir asesoría jurídica respecto a una orden de protección, contacte con LSNJ-LAWSM, la línea directa gratuita de asistencia jurídica de los Servicios Legales de Nueva Jersey para todo el estado, marcando el 1-888-LSNJ-LAW (1-888-576-5529) o en línea en www.lsnjlawhotline.org.