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Accesibilidad en los servicios por parte del gobierno estatal y local para las personas con discapacidades en Nueva Jersey

 

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A veces, las personas con discapacidades reciben servicios y beneficios de agencias estatales y locales tales como la Asistencia General, Asistencia de Emergencia, Medicaid, Desempleo, Seguro de Discapacidad Temporal, y otros. Algunas veces, la ley da derecho a las personas con discapacidades a servicios accesibles de agencias estatales y locales. Este artículo describirá el derecho que las personas con discapacidades tienen a servicios accesibles y cómo estas pueden solicitarlos y hacer cumplir sus derechos.

Derechos legales a recibir servicios accesibles del gobierno estatal y local

La accesibilidad de los servicios generalmente significa la capacidad de las personas para entrar, acceder, comunicarse, o hacer uso de los servicios. Las leyes estatales y federales exigen que los servicios brindados por agencias estatales y locales sean accesibles para las personas discapacitadas.

El título II de la Ley para los estadounidenses con discapacidades (American With Disabilities Act, ADA)

El Título II de la ley ADA se aplica a las agencias gubernamentales estatales y locales, y protege a las personas con discapacidades contra la discriminación basada en la discapacidad, en los servicios, programas y actividades que ellas proporcionan. El Título II extiende las reglas contra la discriminación de la Sección 504 de la Ley de Rehabilitación de 1973, según sus enmiendas, a todas las actividades de los gobiernos estatales y locales, independientemente de si estas entidades reciben fondos federales. Las quejas respecto al Título II las ejecuta la División de Derechos Civiles del Departamento de Justicia de los Estados Unidos. También es posible presentar una demanda. La ley ADA no establece un límite en el plazo de tiempo para presentar una demanda, pero utiliza el que haya para la acción estatal comparable más parecida. En Nueva Jersey, en la mayoría de los casos, serían dos años a partir de la fecha del incidente. Sin embargo, si tiene alguna pregunta acerca de su fecha límite, debe consultar con un abogado.

Para poder recibir la protección, usted debe demostrar que cumple los requisitos y tiene una discapacidad. La definición de discapacidad en ADA requiere que su condición limite sustancialmente una o más actividades importantes de su vida. Las principales actividades de la vida incluyen, entre otras, cuidar de uno mismo, hacer tareas manuales, ver, oír, comer, dormir, caminar, estar de pie, levantar cosas, agacharse, hablar, respirar, aprender, leer, concentrarse, pensar, comunicarse y trabajar. Su discapacidad también puede ser incluida si usted tiene un historial o registro de un impedimento físico o mental que le limitó sustancialmente una o más actividades importantes de la vida. Algunas personas están cubiertas si se considera que tienen un impedimento, tanto si la persona tiene dicho impedimento como si no. Una persona también debe demostrar que está “calificada”. Una persona está calificada si cumple con los requisitos esenciales de elegibilidad para el programa al que desea acceder.

Hay pocas excepciones a las leyes de accesibilidad. A veces, si una adaptación resultaría en una alteración fundamental del programa, entonces la agencia no necesita proporcionarla.

La Ley de Nueva Jersey Contra la Discriminación (New Jersey Law Against Discrimination, NJLAD)

NJLAD es una ley estatal que prohíbe la discriminación en lugares de servicios al público basada en una discapacidad real o percibida. Un lugar de servicio al público incluye oficinas o agencias gubernamentales, entre otras cosas. A las personas con discapacidad no se les puede negar el acceso o recibir un trato menos favorable en una institución pública debido a su discapacidad.

Cualquier persona que crea que sus derechos bajo la NJLAD han sido violados, puede presentar una queja ante la oficina para los derechos civiles (New Jersey Division of Civil Rights, NJDCR) dentro de los 180 días posteriores al incidente. Por otro lado, estas personas tienen derecho a presentar una demanda ante el Tribunal Superior, cosa que generalmente debe hacerse dentro de los dos años posteriores al acto de discriminación. Para obtener más información sobre cómo presentar una queja y otras reglas, consulte la sección de recursos más adelante.

La definición de discapacidad bajo la NJLAD es más amplia y más fácil de satisfacer que la definición de la ley ADA. La definición de discapacidad de la NJLAD incluye condiciones clasificadas como discapacidad física, enfermedad, malformación o deformidad. Estas incluyen, entre otras, amputación; falta de coordinación física; ceguera o impedimento visual; sordera o impedimento auditivo; mudez o impedimento del habla; o cualquier discapacidad mental, psicológica o del desarrollo, incluyendo trastornos del espectro autista. Bajo la ley NJLAD, usted también tiene que probar que cumple con los requisitos esenciales de elegibilidad para recibir servicios o participar en el programa.

Ejemplos de adaptaciones en los servicios

Si su discapacidad obstaculiza la recepción de servicios o beneficios, hay muchos tipos de adaptaciones. Estos son algunos ejemplos comunes:

  • Una persona que tiene problemas para ver lo suficientemente bien para leer cartas normales puede obtener información de forma verbal o con letra más grande.
  • Una persona con problemas de audición o sorda puede obtener información por escrito.
  • Si a una persona que usa una silla de ruedas se le pide que vaya a un lugar que no es accesible, la reunión podría programarse en otro sitio.
  • Una persona que tiene problemas para recordar y seguir instrucciones, podría solicitar ayuda y tiempo extra para completarlas.
  • Una persona que se pone enferma a menudo debido a su discapacidad, podría incumplir una fecha límite como resultado. Pueden pedir una adaptación para ampliar el plazo.

Cómo solicitar la accesibilidad

Hay varias sugerencias para hacer peticiones de servicios accesibles.

Solicite la accesibilidad por escrito y guarde una copia para sus archivos. Aunque la ley no siempre exige que se presenten solicitudes por escrito, es conveniente hacerlo por escrito por varias razones. Si más adelante surge una pregunta, le será más fácil probar que usted hizo la petición. Además, es probable que a lo largo del tiempo trate con diferentes personas en la agencia estatal o local. Es mejor tener una copia escrita de su solicitud que pueda compartir y a la que pueda referirse, en lugar de tener que explicarlo una y otra vez. Es aún mejor si guarda pruebas de que la agencia recibió su solicitud (correo electrónico, registros de fax, certificado de envío).

Asegúrese de que la solicitud lo identifique a usted como una persona con una discapacidad que esté reconocida por el programa. La ley que requiere la accesibilidad a los servicios solo se aplica a favor de las personas con discapacidades especificadas en la ley. Si usted no declara o demuestra que tiene una discapacidad, entonces la agencia no estará legalmente obligada a hacer adaptaciones. Por ejemplo, decir “Tengo una discapacidad que me impide ver y leer letra normal”, establece que usted tiene una condición que afecta a una actividad importante de la vida (leer). La agencia está sobre aviso y debe informarle si necesita más detalles. Además, usted tiene que demostrar que cumple con los requisitos de elegibilidad del programa.

Indique claramente por qué no puede acceder al servicio y qué necesita. Por ejemplo, si usted no acudió a una cita obligatoria en la agencia porque estaba en el hospital debido a su discapacidad, menciónelo y pida reprogramar la cita y que se le exonere de cualquier sanción.

Averigüe quién maneja las solicitudes de adaptaciones y accesibilidad por discapacidad en la agencia, y dirija sus solicitudes a la persona correcta. La mayoría de las agencias tienen personas designadas que están familiarizadas con las leyes de discapacidad y que manejan las solicitudes de adaptaciones y accesibilidad. Si usted envía su solicitud de accesibilidad a otra persona de la agencia que no esté familiarizada con esas reglas, es posible que esta no sepa qué hacer. Es conveniente preguntarle a su persona de contacto de la agencia “¿a quién debo enviar una solicitud de adaptación o accesibilidad para discapacitados?”

Siga las reglas y procedimientos de la agencia. Algunas agencias pueden tener reglas, procedimientos e instrucciones específicas. Pregunte cuáles son y sígalas para que su solicitud no se retrase debido a su falta de cooperación. Por lo general, es más fácil cooperar con las peticiones razonables de la agencia que pelearse con ellos. Además, muchas de esas reglas tienen condiciones favorables que animan a la agencia a proporcionar servicios.

Por ejemplo, el Departamento de Servicios Humanos de Nueva Jersey (New Jersey Department of Human Services) y la División de Desarrollo Familiar (Division of Family Development) publicaron una guía detallada indicando que las agencias estatales y del condado que administran muchos programas, deben hacer que sus servicios sean accesibles para las personas con discapacidades. La guía, titulada DFD Instruction No. 05-6-1 se envió a las agencias que administran Asistencia General, TANF, Asistencia de Emergencia, Cupones para Alimentos y otros programas.Contiene muchos ejemplos de los servicios accesibles que las agencias deben proporcionar. Si usted es una persona con una discapacidad que solicita esos servicios, usted puede enviar a su trabajador social esas instrucciones, una copia de las cuales se encuentra aquí en Instrucción del Programa DFD sobre Prestación de Servicios a Individuos con Discapacidades (publicado por el proyecto Community Health Law

Los tribunales de Nueva Jersey reconocen la obligación que tienen de hacer que los servicios del tribunal sean accesibles para las personas con discapacidades.  Los tribunales tienen una lista de procedimientos para el acceso de las personas con discapacidad a los tribunales Procedimientos ADA del Título II del Poder Judicial de Nueva Jersey para el Acceso de Personas con Discapacidades a los Tribunales. Los tribunales también mantienen una lista de coordinadores de discapacidad de ADA los cuales pueden ser contactados para solicitar adaptaciones en caso de discapacidades.

Problemas comunes y cómo abordarlos

“Esa no es nuestra política.”

A veces un empleado de la agencia intentará cerrar su solicitud de accesibilidad alegando que no es política de la agencia hacer lo que usted les está pidiendo. Sin embargo, la ley es clara en que una agencia a veces debe alterar sus políticas para adaptarse a las personas con discapacidades y hacer que sus servicios sean accesibles. Si después de hacer su solicitud le dicen que “no es nuestra política”, pídale a esa persona que la reenvíe a la persona responsable de manejar las solicitudes de adaptación y accesibilidad en casos de discapacidad.

Lo más probable es que usted esté hablando con un empleado de la agencia que no está formado en cómo manejar este tipo de solicitudes, de otra forma no le hubiera dado esa respuesta. Si aun así no consigue la adaptación necesaria, entonces indíqueles que la ley les exige que consideren modificar las políticas para adaptarse a su discapacidad. Si eso no funciona y aún no consigue que le faciliten la accesibilidad a los servicios, puede que tenga que comunicarse con un abogado o presentar una queja.

Si una persona en la Agencia le concede la solicitud, pero otras personas no la reconocen

A veces una agencia concede su solicitud de accesibilidad para discapacitados, pero cuando usted habla con una persona diferente en la agencia, no está enterada de ello y no harán las adaptaciones. En otros casos, tratan de exigirle a usted que pase de nuevo a través de todo el proceso de demostrar que cumple todos los requisitos. Esto suele ser un problema de comunicación. Una manera de reducir las posibilidades de que esto suceda es pedirle a la agencia que le reconozca por escrito que le aprobaron la solicitud de adaptación. Un ejemplo: usted envía un correo electrónico o una carta pidiéndole a su persona de contacto en la agencia que confirme que la agencia aprobó su solicitud para enviarle todas las notificaciones escritas en letra extra grande para que usted pueda leerlas. Cuando responda diciendo que sí, guarde el correo electrónico y la respuesta. Si usted tiene un problema con otra persona en la agencia, entonces puede reenviar los correos electrónicos o las cartas mostrando que la agencia ya le aprobó la solicitud.

Perder sus derechos por no entender la diferencia entre reclamaciones y apelaciones internas y externas

Las reclamaciones y apelaciones internas son las que se hacen dentro de la agencia a la que usted solicita accesibilidad. Por ejemplo, si una persona sorda le pidió al Departamento de Trabajo del Estado de NJ que le proporcionara un intérprete de lenguaje de señas para su audiencia de beneficios por desempleo, y le negó la solicitud, puede que el departamento tenga sus propios procedimientos internos de reclamación y apelación que usted podría seguir para pedirles que cambien su decisión. 

Las reclamaciones y apelaciones externas son las que usted presenta fuera de la agencia a la que está solicitando servicios accesibles. Algunos ejemplos serían: presentar una demanda por discriminación contra la agencia ante el tribunal, o ante las agencias responsables de hacer cumplir las leyes contra la discriminación por discapacidad (División de Derechos Civiles de Nueva Jersey, Departamento de Justicia de los Estados Unidos, División de Derechos Civiles).

La única manera de exigir legalmente a una agencia que proporcione servicios accesibles si esta no acepta voluntariamente hacerlo, es a través de reclamaciones y apelaciones externas. Hay plazos para presentar esas reclamaciones y apelaciones externas. Salvo muy pocas excepciones, si usted presenta su reclamación externa después de que esos plazos hayan pasado, entonces usted pierde sus derechos.

La presentación de reclamaciones y apelaciones internas de la agencia no afecta los plazos para la presentación de reclamaciones y apelaciones externas. Hay personas que han perdido sus derechos a un recurso legal por no darse cuenta de ello. Por eso, es conveniente anotar las fechas de los plazos para presentar reclamaciones externas. Incluso si tiene una reclamación o apelación interna pendiente de una agencia, tendrá que presentar su reclamación externa antes de la fecha límite para reclamaciones externas para evitar el riesgo de perder sus derechos.

En conclusión, las personas con discapacidades tienen derecho a recibir servicios accesibles y hay ayuda disponible para hacer cumplir esos derechos. Las personas con preguntas sobre sus derechos pueden presentar una solicitud en línea en www.lsnjlawhotline.org o llamar a la línea directa LSNJLAW al 1-888-576-5529 (1-888-LSNJ-LAW). En el recuadro siguiente se ofrecen más recursos.

Recursos

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