LSNJLAW SM

Las Leyes en Nueva Jersey y Usted

Bienvenido al sitio web de LSNJLAWSM, proporcionado por Servicios Legales de Nueva Jersey (LSNJ). LSNJ es una organización sin fines de lucro 501(c)(3) que ofrece asesoramiento legal gratuito a personas de bajos ingresos en Nueva Jersey. Consiga información legal pulsando en un tema legal o escribiendo algunas palabras en el cuadro de búsqueda.

LAW Home > Temas Jurídicos > Cuidado médico > Coronavirus

FEMA ahora cubre los gastos funerarios a causa de la COVID-19

 

​​

La Agencia Federal para el Manejo de Emergencias (FEMA, por sus siglas en inglés) provee hasta 9.000 dólares de reembolso para cualquier persona que haya pagado por gastos funerarios asociados a una muerte causada por la COVID-19. Este artículo le resumirá el proceso de solicitud. Para encontrar información más detallada, revise las preguntas más frecuentes sobre la asistencia para los gastos funerarios de la FEMA.

¿Quién cumple los requisitos para recibir asistencia para los gastos fúnebres?

No existe un límite de ingresos para recibir este beneficio.

Para ser elegible debe cumplir con tres requisitos. Debe ser ciudadano americano, nacional estadounidense, o un extranjero calificado. Debe haber pagado los gastos funerarios de una persona que murió en los Estados Unidos, los territorios americanos o en el distrito de Columbia después del 20 de enero de 2020. La muerte “puede haber sido causada o fue probablemente el resultado de la COVID-19” de acuerdo a la FEMA.

¿Qué costos están cubiertos?

FEMA cubrirá los costos de servicios funerarios, así como los de entierro o cremación. Si usted recibió asistencia financiera de otra entidad, FEMA le reducirá a la asistencia funeraria la cantidad que usted recibió.

¿Cómo la puedo solicitar?

FEMA no está aceptando solicitudes en línea. Para solicitar la ayuda funeraria, debe llamar a la línea de asistencia funeraria por la COVID-19 de FEMA, de lunes a viernes, de 9 a.m. a 9 p.m. horario del Este. El número telefónico gratuito para comunicarse es el 844-684-6333; el TTY, 800-462-7585. Un representante de FEMA le ayudará a llenar la solicitud durante la llamada telefónica. Cuando llame le preguntarán por su número de Seguro Social, fecha de nacimiento, y dirección actual; así como el número de Seguro Social, la fecha de nacimiento, y lugar en donde falleció la persona por la cual usted pagó los gastos funerarios. Asegúrese de anotar su número de solicitud.

¿Cuál es la fecha límite para hacer su solicitud?

NO hay fecha límite para presentar su solicitud.

¿Qué documentos debo presentar con mi solicitud?

Tendrá que incluir una copia del certificado de defunción y copias de los gastos funerarios que incluyan su nombre, como la persona a cargo de la factura, el nombre de la persona que falleció, la cantidad del gasto, y la fecha. Le puede enviar estos documentos a FEMA por correo a (P.O. BOX 10001, Hyattsville, MD 20782), por fax (855-261-3452), o los puede subir a través de una cuenta en DisasterAssistance.gov.

¿Cuánto puedo recibir en asistencia funeraria?

Puede recibir hasta 9.000 dólares en un cheque o en un depósito directo a una cuenta de ahorros para cubrir los gastos funerarios de cada muerte relacionada con la COVID-19.

¿Si me niegan la solicitud, puedo apelar?

Si FEMA no aprueba su solicitud, tendrá 60 días a partir de la fecha en la que recibió la carta de decisión para presentar su apelación. Su apelación debe explicar por qué la decisión no es correcta, y debe incluir cualquier documento que pueda apoyar su solicitud. Asegúrese de firmar la apelación e incluya el número de solicitud en todas las páginas. Puede enviar la apelación a FEMA por correo a P.O. Box 10001, Hyattsville, MD 20782), por fax (855-261-3452), o los puede subir a través de una cuenta en DisasterAssistance.gov.​​​