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El acceso que tienen las escuelas y la fuerza pública a los antecedentes de un menor

 

En Nueva Jersey, las infracciones cometidos por un menor no se llaman "delitos " y los antecedentes de los menores están "estrictamente protegidos" por las leyes estatales. Sin embargo, estas pueden ser reportadas a los funcionarios de la escuela, quienes los podrán utilizar bajo ciertas circunstancias. Esto puede tener un impacto grave en la educación actual o futura del menor. Este artículo explora cuándo es que la escuela puede acceder a los antecedentes de un menor y en qué medida. 

¿Tiene la fuerza pública que notificar a la escuela si un estudiante es acusado de una infracción?

La fuerza pública tiene que reportar la información relacionada con las infracciones cometidas por un menor al director de la escuela si:

  • La presunta infracción se produjo en el edificio de la escuela o un autobús escolar o fue cometido contra un funcionario o un empleado escolar.
  • El menor fue detenido como resultado de información o pruebas proporcionadas por los funcionarios del plantel; o
  • Si el agravio hubiera sido cometido por un adulto, se constituiría como un delito y
    • La acción causó la muerte o lesiones físicas graves;
    • Involucraba  un atentado o asociación delictiva para cometer el mismo;
    • Implicaba el uso ilegal o la tenencia de un arma de fuego u otra arma;
    • Se trataba de una fabricación, distribución o tenencia ilícita con intención de distribuir una sustancia peligrosa controlada o similar;
    • Fue cometida  por un menor que actuó con un propósito discriminatorio; o
    • Constituye un hecho delictivo en el primer, segundo o tercer grado.

¿Si la fuerza pública no le notifica a la escuela, puede esta aún acceder a los antecedentes del menor?

En general, la escuela puede pedir información respecto a los antecedentes de sus alumnos matriculados después de que ocurre o se dictamina (es decidido en el tribunal de familia) la existencia de un incidente. Previa solicitud, la fuerza pública o  los organismos encargados del enjuiciamiento pueden revelar la identidad, la infracción la adjudicación o resolución a la dirección de la escuela donde el niño esté inscrito.

La fuerza pública  también puede compartir la información acerca de un menor que esté siendo investigado. El director puede compartir esta información con el profesorado para mantener el orden, la seguridad o la disciplina en el plantel. También puede compartirla para planificar los programas pertinente al desarrollo educativo y social del joven. Esta información puede incluir detalles, tales como:

  • Las acusaciones o supuestos de actos de delincuencia;
  • El tipo, la cantidad y el valor especifico del estupefaciente encontrado o su paradero y embalaje;
  • Si se encontró dinero en efectivo;
  • Si se encontró algún arma;
  • Si la acción involucraba o fue dirigida por otro alumno matriculado.

La escuela no puede conservar los expedientes de la investigación.  

De igual manera, toda escuela puede hacer un arreglo para recibir automáticamente una notificación detallada cuando uno de sus estudiantes es acusado de alguna infracción o falta.

¿Tiene la escuela que denunciar la existencia de un delito a la fuerza pública?

Las escuelas tienen la obligación de informar a las autoridades si:

  • Se ha entrado ilegalmente un arma de fuego al recinto escolar o un estudiante u otra persona ha cometido un delito con un arma de fuego o mientras estaba en tenencia de la misma.
  • Un estudiante amenaza, está planeando o tiene la intención de causar la muerte o graves lesiones físicas a otro;
  • Un delito que implique la penetración sexual o una conducta sexual ilícita se cometió en el recinto escolar por un estudiante o en contra de uno;
  • Se ha cometido o está a punto de cometerse un acto relacionado con un prejuicio.

De igual forma, las escuelas tienen la obligación de informarle a las autoridades de la fuerza pública si algún empleado tiene motivo para creer que se infringió la ley contra las drogas. Los delitos estipulados en  la ley para la reforma contra las drogas Comprehensive Drug Reform Act (CDRA) incluyen:

  • La tenencia y el uso;
  • Estar bajo los efectos de alguna sustancia;
  • El no  deshacerse legalmente de drogas ilícitas;
  • La obtención o tenencia y fabricación de cannabinoide sintético;
  • La distribución o expendio.

Hay excepciones cuando un estudiante:

  • Voluntariamente, ha buscado tratamiento o asesoramiento debido a un problema de la adicción a sustancias nocivas;
  • Participa en un tratamiento o asesoramiento, y
  • No estuvo implicado en ninguna distribución de narcóticos.

La escuela puede, pero no está obligada a, revelar la identidad de un estudiante sospechoso de estar bajo los efectos del alcohol o las drogas. 

¿Hay alguna manera de evitar que los antecedentes de un menor sean revelados?

Algunas agencias pueden hacer ajustes llamados stationhouse, en lugar de enjuiciar al menor. Estos ajustes específicos le permiten a la fuerza pública establecer consecuencias inmediatas, como el servicio comunitario o la restitución, en los asuntos que involucran a un menor. Se trata de una herramienta discrecional para evitar la creación de un historial formal de delincuencia juvenil. Dado que como no se presenta ningún cargo, no se crea ningún expediente, entonces, a la escuela generalmente no se le notifica de la existencia de los ajustes Stationhouse.

Asimismo, es una política de la fuerza pública cuando un estudiante es puesto en detención en el recinto escolar para tratar de "minimizar la perturbación del entorno escolar". Esto significa que los arrestos deben llevarse a cabo en privado (por ejemplo, en la oficina del director de la escuela), por agentes vestidos de civil en vehículos de la policía sin distintivos, sin sirenas ni luces intermitentes, y con una mínima presencia policial.

Educación adicional

Sólo la escuela en la que el alumno está matriculado debería tener acceso a los antecedentes del menor.  Sin embargo, no hay ninguna restricción, para que otras escuelas o colegios puedan solicitar información sobre alguna detención o adjudicación de delincuencia. Recuerde que si un menor es puesto en detención después de una presunta infracción no se considera como un "arresto" y una adjudicación de delincuencia no es una "condena".

En Nueva Jersey, los antecedentes de los menores pueden ser eliminados con las mismas protecciones generales que se brindan en el caso de los adultos. En muchos casos, un historial completo de las adjudicaciones de delincuencia de un menor  puede ser eliminado tras un período "libre infracciones " de tres años después de que la detención o la supervisión se acabó. 

Para averiguar sobre la eliminación de los antecedentes penales de un adulto o un menor, contacte a LSNJLAWSM, la línea directa de asistencia jurídica de LSNJ para todo el estado, marcando el número gratuito 1-888-LSNJ-LAW. También puede utilizar nuestro servicio gratuito de herramientas de auto-ayuda y recursos en Cómo borrar los antecedentes penales en línea​.
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