El traslado de pacientes que están en una sala de urgencias
Las leyes estatales exigen que todo hospital proporcione atención médica necesaria a cualquier paciente que la solicite, sin tener en cuenta su capacidad para pagar (vea Su derecho a recibir atención médica en un hospital). También existen leyes federales y estatales que prohíben que un hospital y sala de urgencias traslade o remita a un paciente con condiciones médicas urgentes a otro hospital si el paciente no tiene los recursos para pagar por la atención médica.
A continuación describiremos varias de las leyes que protegen el derecho del paciente a recibir un tratamiento médico de urgencia necesario y completo, sin importar su situación económica, o cualquier otra razón no médica. Las respectivas citas jurídicas están incluidas.
EMTALA - Ley para el Tratamiento de las Urgencias Médicas y los Partos Activos (Emergency Medical Treatment and Active Labor Act)
EMTALA es una ley federal que se aprobó en 1986 con el fin de suspender la práctica usada por los hospitales de “echar” a aquellos pacientes sin recursos económicos ni seguro médico al negarles tratamiento en las salas de urgencias o al trasladarlos a otros centros médicos. EMTALA también se conoce como la ley que impide que el hospital se deshaga del paciente.
Esta ley exige que todo hospital que acepte Medicare le proporcione evaluaciones y tratamiento médico completo a todo individuo que se presente a buscar ayuda debido a una condición médica de urgencia, incluso el trabajo de parto activo, sin tener en cuenta la capacidad de dicha persona para pagar. EMTALA también exige que el hospital estabilice al paciente con condiciones médicas de urgencia y que solamente le traslade a otro centro cuando el médico certifica que la necesidad de trasladar al paciente es mayor que los riesgos añadidos a la salud del paciente.
EMTALA también ha protegido al paciente hospitalizado para recibir un seguimiento médico. Tradicionalmente esta ley se ha interpretado como una prohibición a los hospitales a darle el alta a un paciente sin un plan apropiado para el cuidado que necesitará una vez salga del hospital. Esta ley penaliza severamente a los hospitales y médicos que violan las exigencias de la misma ley. Un hospital con más de 100 camas tendrá que pagar una multa de hasta 50.000 dólares por cada violación y uno con un número menor de camas pagará un máximo de 25.000 dólares por cada violación. La ley también le permite al Medicare revocar su acuerdo con cualquier hospital que viole esta ley. No es sorprendente que los hospitales tomen muy en serio cualquier acusación de haber violado la ley de EMTALA.
La aplicación de la ley EMTALA es generalmente responsabilidad del Departamento de Salud y Servicios Humanos de los EEUU (US Department of Health and Human Services), la Oficina del Fiscal General, y los Centros para los Servicios de Medicare y Medicaid (CMS), una de las divisiones del Departamento. Toda violación a la ley EMTALA puede ser informada a estas agencias para que se haga una investigación.
En el 2003, se finalizaron y publicaron las reglas federales que modifican los existentes. Las nuevas reglas han modificado las responsabilidades de los hospitales en algunos casos y las han aumentado en otros. La orientación emitida por los centros CMS y la Oficina del Fiscal General sigue protegiendo al paciente de las salas de urgencias pero ya no garantiza la protección apropiada de las altas hospitalarias bajo EMTALA para aquellos pacientes que ingresaron bajo hospitalización. (42 U.S.C. §1395dd; 42 C.F.R. §§ 413, 482, 489.)
Cuánto tiempo se debe esperar antes de recibir tratamiento médico de urgencia
Un profesional capacitado en medicina debe evaluar a toda persona que solicite atención en la sala de urgencias en Nueva Jersey. A esta persona no se le puede dar el alta o trasladar a otro centro hasta que se haya completado una evaluación. “La evaluación debe ocurrir dentro de cuatro horas de la llegada del paciente a urgencias”. (N.J.A.C. 8:43G-12.7[g].)
Los historiales médicos en las salas de urgencias
Cuando a un paciente le dan el alta de la sala de urgencias después de haber recibido una evaluación médica, el paciente o el representante del mismo debe recibir instrucciones por escrito y una explicación verbal de las instrucciones. La siguiente información debe ser anotada “claramente” en el historial médico del paciente: el nombre del médico que dio las instrucciones, el nombre de la persona que las explicó, y el nombre del paciente o la persona que las recibió. (N.J.A.C. 8:43G-12.7[n].)
Nota: Si piensa que la sala de urgencias ha violado estas leyes, puede presentar una queja ante el Departamento de Salud y Servicios para Personas de la Tercera Edad de NJ, la agencia estatal encargada de darle a todo hospital y centro médico la licencia de funcionamiento. Usted los puede contactar mediante su línea directa de quejas (1-800-792-9700), disponible las 24 horas al día, o por medio de su sitio Web.
Esta información fue actualizada el 22 de junio de 2009. |