Si recibe Work First New Jersey/Asistencia General (WFNJ/GA), la mayoría de sus necesidades médicas están cubiertas bajo el Plan G del NJ FamilyCare, excepto la atención que recibe en el hospital. En ese caso, el programa estatal que brinda cuidado caritativo, Charity Care, pagará la cuenta, con ciertas excepciones. A continuación, explicaremos lo que cubre el Plan G del FamilyCare y el cuidado caritativo, además de cómo obtener ayuda si no recibe la atención médica que necesita.
El Plan G: la atención médica fuera del hospital
El Plan G cubre casi toda la atención médica que recibe fuera del hospital si es con un profesional médico que acepta Medicaid. Dichos profesionales son doctores, enfermeras especializadas, dentistas, farmacias, clínicas, laboratorios, empresas que brindan transporte, proveedores de equipos médicos, centros para tratamiento, etc. El Plan G es diferente a los planes que ofrece el FamilyCare a las familias con hijos menores que pueden recibir Work First New Jersey por medio del programa de Asistencia Temporal a Familias Necesitadas (WFNJ/TANF).
A continuación hay algunos ejemplos de la atención médica que cubre el Plan G en caso que sea necesaria por razones médicas, siempre y cuando se lleve a cabo fuera de un hospital por un profesional médico de Medicaid. Esta lista no lo incluye todo y hay ciertos límites o restricciones.
- Los servicios de un médico
- El cuidado dental
- Las medicinas recetadas
- El equipo médico para usar en su domicilio
- Los servicios para personas con discapacidades auditivas
- El transporte a citas médicas
- El quiropráctico para la manipulación vertebral
- Los servicios del laboratorio y radiología
- La cirugía ambulatoria (en un centro independiente)
- La visión y los lentes
- Los servicios de podología (no incluye el cuidado rutinario)
- La prótesis y ortopedia
- Los servicios de aborto
- Los servicios en clínicas independientes
- La terapia del habla, ocupacional y física
- Los servicios psiquiátricos hospitalarios en Mt. Carmel Guild (Newark)
Muchas veces, es difícil encontrar un profesional médico que acepte Medicaid. Todos los centros médicos que reciben fondos federales y la mayoría de las farmacias en Nueva Jersey aceptan Medicaid. Puede ver una lista de los centros médicos que reciben fondos federales en el sitio Web del New Jersey Primary Care Association. Sin embargo, si no puede conseguir un sitio donde acepten Medicaid, la agencia de asistencia social, welfare, de su condado le puede dar esa información. También puede entrar al sitio Web de Medicaid en Nueva Jersey bajo "Provider Directory", para obtener una lista de los profesionales médicos que aceptan Medicaid. (Tiene que aceptar las condiciones de uso y el contrato de licencia para poder acceder a la página). Si no puede obtener la atención médica que necesita o se la niegan, comuníquese con la oficina de los Servicios Legales en su condado o el Proyecto de los Servicios Legales de Nueva Jersey para el Acceso a la Atención Médica (1-888-576-5529) para obtener ayuda.
El cuidado caritativo: la atención médica en el hospital
Si obtiene atención médica en el hospital, ya sea que lo internaron o lo atendieron en la sala de urgencias, o que fue paciente de una cirugía ambulatoria o en una clínica hospitalaria, tiene que solicitar al programa de cuidado caritativo para que le cubra el costo. Sin embargo, si recibe Asistencia General, no tendrá que pasar por todo el proceso de solicitud que se les requiere a los demás solicitantes.
Los médicos que atienden a los pacientes en el hospital a veces le envían una factura, a pesar de que saben que el paciente no tiene seguro y cumple con los requisitos para recibir cuidado caritativo, porque el programa de cuidado caritativo sólo le paga al centro hospitalario. A estos médicos no se les considera parte del personal hospitalario, ya que son contratistas que trabajan en el hospital. Por lo tanto, el programa de cuidado caritativo no les paga. A veces, los médicos que aceptan Medicaid atienden a los pacientes de Asistencia General en consultorios fuera del hospital, donde el Plan G del FamilyCare les paga por las visitas. Sin embargo, esos médicos se negarán a atender a los mismos pacientes en el hospital ya que no le pagará ni FamilyCare ni el programa que brinda cuidado caritativo. Esto puede ser un grave problema.
Sin embargo, se les requiere a todos los hospitales de agudos que acepten y den la atención adecuada a todo paciente, sin importar su capacidad para pagar. Esto quiere decir, en términos prácticos, que le tienen que ofrecer tratamiento si necesita atención hospitalaria de urgencia. Sin embargo, el médico que le suele atender en su consultorio quizá no sea el mismo que le atienda en el hospital.
Si recibe una cuenta por la atención médica que recibió en un hospital o centro hospitalario, debe comunicarse con la oficina de Servicios Legales en su condado o el Proyecto de los Servicios Legales de Nueva Jersey para el Acceso a la Atención Médica (1-888-576-5529) para obtener ayuda si cumple con los requisitos para recibir Asistencia General. Si no cumple con los requisitos para recibir Asistencia General, pero no tiene seguro y su ingreso es menor de $32.490 anuales (para una sola persona), es posible que aún pueda recibir atención médica gratuita o baja en costo en el hospital por medio del programa que brinda cuidado caritativo.
Los servicios contra la drogadicción
Si recibe Asistencia General, podría recibir servicios gratuitos para combatir la drogadicción por medio de la Iniciativa Contra la Drogadicción (Substance Abuse Initiative o SAI), administrada por el condado. Le pueden remitir al programa de manera voluntaria u obligatoria. El programa brinda exámenes para determinar si tiene drogadicción, además de evaluaciones, colocación en un centro de tratamiento, coordinación y utilización de la atención médica y manejo del caso. Además, si tiene a un coordinador de casos clínicos del SAI que evalúe y siga el caso, las horas de tratamiento para los participantes del programa SAI cuentan como parte de las horas de actividad laboral que requiere WFNJ.
Esta información fue actualizada el 28/5/09. |